Delito de impago de prestaciones económicas de resolución judicial no firme
Enviado por Editorial el Mar, 17/12/2024 - 09:21Delito de impago de pensiones económicas. Requisitos. Firmeza de la resolución judicial que proclame la pensión.
Delito de impago de prestaciones económicas, del art. 227 CP. No es necesario que la resolución judicial que establezca la prestación sea firme ya que no lo requiere el tipo, y el incumplimiento de la prestación desde el primer momento deja de atender a una necesidad perentoria, quedando afectado desde ese mismo instante el bien jurídico protegido. Cualesquiera que sean en el ámbito civil los efectos sobre la suspensión, o no, de la medida, no deben afectar al penal, en la medida que se vea afectado el bien jurídico.