Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Diferencia del delito de extorsión con otras figuras

Delito de estafa y de extorsión. Amenazas. Coacciones.  Diferencia del delito de extorsión con otras figuras. Abuso de relaciones personales en la estafa.

Una cosa es la exclusión del delito de estafa en supuestos de "engaño burdo", o de "absoluta falta de perspicacia, estúpida credulidad o extraordinaria indolencia", y otra, que se pretenda desplazar sobre la víctima de estos delitos la responsabilidad del engaño, exigiendo un modelo de autoprotección o autotutela que no está definido en el tipo ni se reclama en otras infracciones patrimoniales.

Si la peculiar relación que mantenían las partes es elemento determinante para configurar el engaño bastante, no puede ser ulteriormente de nuevo considerada para integrar la agravante de "abuso de las relaciones personales".

Previa y definitiva liquidación para realizar el tipo objetivo de la apropiación indebida

Delitos de apropiación indebida. Elemento subjetivo de apropiación.  Administración desleal. Delito de estafa. Casación con alegaciones per saltum. Proporcionalidad de la pena.

Alto ejecutivo de un grupo de sociedades dedicadas a la enseñanza que hace propios recursos financieros de las diversas sociedades mercantiles, a cuyo frente se encuentra, con facultades de administración, y dedica cantidades importantes de dinero a adquirir propiedades a título particular, arreglos y rehabilitaciones inmobiliarias.

Respecto a la prueba de la apropiación indebida y la falta de liquidación de cuentas entre el acusado y las sociedades administradas, no hay nada que liquidar, ya que su comportamiento ha sido dedicar fondos sociales a intereses particulares del recurrente. Que las cuentas generales fueran aprobadas, no implica en absoluto cualquier tipo de subsanación o convalidación a posteriori de la gestión del querellado, ni suponen un perdón de la persona ofendida con efectos extintivos de la responsabilidad penal dado que el delito por el que ha sido dictada la sentencia condenatoria es el de apropiación indebida, tanto en su configuración original como en su estructura como administración desleal.

Atenuación analógica en delitos sexuales debido a la proximidad por edad

Delitos contra la libertad sexual. Agresiones sexuales. Subtipo atenuado. Menores de dieciséis años. Posibilidad exclusión de responsabilidad por consentimiento del menor de dieciséis años.

Imposibilidad de decantar atenuación analógica del artículo 183 bis CP relativa al libre consentimiento del menor de dieciséis años que excluirá la responsabilidad penal por de los delitos de agresión sexual cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica.

Reproducción de una prueba preconstituida en el acto del juicio oral

Proceso penal.  Instrucción. Prueba preconstituida. Prueba de testigos. Valoración de prueba videográfica. Abuso sexual.

En el proceso penal, la prueba preconstituida, la preconstitución en fase instructora de testificales prestadas por personas mayores de edad no ocluye, sin más, la necesidad de práctica plenaria de la prueba si se revela posteriormente que no concurre ningún óbice que lo impida. La no excesivamente afortunada fórmula empleada en el artículo 448.1 LECrim debe ser interpretada en el sentido de que es al tribunal competente para decidir sobre la admisión de los medios de prueba propuestos por las partes al que le corresponde evaluar, a la luz del artículo 730 LECrim, qué causas impiden la producción de un determinado medio de prueba en el acto del juicio oral.

Sentencia de conformidad parcial y aceptación de los hechos y renuncia a pruebas

Conformidad de sentencias. Confesión y allanamiento. Pena de multa. Motivación y valoración. Atenuante de reparación de daño.

La conformidad como institución procesal con un régimen legal específico, se produce ante la confluencia de unos estrictos requisitos. Sin ellos ni hay conformidad ni son de aplicación las normas que la disciplinan. Otra cosa es que en la praxis se hayan abierto paso fórmulas que alivian la carga probatoria del juicio oral basadas en compromisos previos entre las partes que se concretan en aceptación de los hechos, renuncia a pruebas, y modificación de conclusiones para rebajar las penas que, no constituyendo conformidad en sentido legal, permiten un desarrollo más ágil del proceso.

Delito de infidelidad en la custodia de documento y posibilidad de continuidad delictiva

Delito de infidelidad en la custodia de documentos. Aplicación de penas. Delito continuado. Conclusiones provisionales. Conclusiones definitivas. Atenuante de dilaciones indebidas simple.

Cartero que durante un periodo indeterminado de tiempo se venía apoderando de envíos, cartas y sobres y calificado en fases previas al escrito de acusación el delito como simple de infidelidad en la custodia de documentos, se reprocha que en éste se califique como continuado, y se rechaza eventual indefensión, porque ni aunque las conclusiones definitivas no coincidan con la provisionales, si no varía el objeto, no entra en quiebra el derecho de defensa.

Relación entre los delitos de apropiación indebida y administración desleal

Delito de apropiación indebida. Delito de administración desleal. Concurso de normas.

No existe obstáculo legal para condenar en la instancia, en apelación o en casación por delito distinto del que ha sido objeto de acusación, siempre que concurran los siguientes requisitos:

Relación de especialidad entre el delito fiscal y la estafa cuando lo defraudado no alcanza los 120.000 euros

Delito contra la hacienda pública. Condición objetiva de punibilidad. Delito de estafa. Falsificación de documento oficial. Falsedad ideológica impune.

El documento de declaración censal, en su utilización legítima, sirve para comunicar a la Administración Tributaria el inicio de una actividad mercantil y posibilitar determinadas actuaciones. En este caso el acusado los elaboró sin obedecer a la realidad, con la finalidad exclusiva de solicitar devoluciones indebidas de IVA. Devolución de IVA sin haber realizado las actividades económicas que habrían justificado la liquidación entre el impuesto soportado y repercutido.

La pena de inhabilitación especial debe determinar los cargos o empleos que afecta

Penas. Penas Privativas De Derechos. Inhabilitación especial.

Se señala que sobre la pena de inhabilitación especial que las previsiones del artículo 42 del Código Penal en el que taxativamente se dispone que "en la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la pena de inhabilitación". A diferencia de la inhabilitación absoluta que recae cualquier empleo o cargo público que tenga el penado (art. 41 CP), la inhabilitación especial obliga al tribunal a concretar sobre qué empleos o cargos recae, que vendrá determinado por la relación del empleo o cargo con la acción delictiva.

Excusa absolutoria y legitimación para la acción penal y su afectación a la responsabilidad civil

Acción penal. Legitimación. Excusa absolutoria. Parientes. Apropiación indebida. Responsabilidad civil derivada de delito.

En el alcance de las limitaciones contenidas en el artículo 103 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), al ejercicio de la acción penal en las situaciones parentales a las que el precepto se refiere, sería absurdo que en situaciones de crisis matrimoniales, a las que refiere el artículo 268 del Código Penal, respecto a los cuales ya no juega la excusa absolutoria en los delitos patrimoniales, el perjudicado no pudiera actuar ante la jurisdicción penal el interés en la persecución del hecho delictivo, pero esa unificación interpretativa afecta a los sujetos a los que se refieren las normas, parientes o cónyuges, pero no al respectivo campo de activación, la relación jurídico procesal y la comisión del hecho delictivo.

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