Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Delito de receptación y limitación de la pena señalada al delito encubierto

Delito de receptación. Penalidad. Delito encubierto.

El recurrente denuncia la indebida aplicación del artículo 298 del Código Penal, del delito de receptación al considerar indebidamente aplicado ese precepto. Por la existencia de error de derecho del número 1º del artículo 849 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al denunciar la falta de acreditación del conocimiento de la ilicitud, la procedencia de los bienes que, como requisito del delito de receptación, conforma el delito contra el patrimonio, al caracterizar con el delito de receptación, el conocimiento de la ilícita procedencia y el aprovechamiento de los efectos procedentes del delito.

Uso en el delito de robo de armas o instrumentos peligrosos

Robo con violencia o intimidación. Subtipo agravado. Uso de armas o instrumentos peligrosos. Empleó de un cuchillo. Requisitos.

El fundamento agravatorio del subtipo del artículo 242.3 CP (robo con violencia o intimidación) reside en que mediante el uso conminatorio con fines predatorios de armas o instrumentos peligrosos se aumenta notoriamente la capacidad agresiva del autor, poniendo en mayor peligro la vida o la integridad física de la víctima. En esa medida, los objetos típicos -arma o instrumento peligroso- referidos en el artículo 242.3 CP han de resultar objetiva y funcionalmente idóneos para privar o lesionar dichos bienes jurídicos personales.

Consumación y del dies a quo del cómputo de la prescripción del delito de apropiación indebida

Apropiación indebida. Distracción de dinero. Consumación del delito de apropiación indebida. Momento en el que se exterioriza la voluntad de no devolución.

Tipicidad del delito continuado de apropiación indebida de dinero por el que aquel ha sido condenado, incluidos los que conciernen a su vertiente subjetiva, ya que solo así puede entenderse en quien urde la estrategia de traspasar parte de los fondos desde la cuenta de la comunidad, que de esa manera se colocaban fuera del alcance de esta, a otra en la que quedaban a su exclusiva disponibilidad, para finalmente no destinarlos a los fines que les eran propios, lo que integra, una vez que ha concluido su mandato de administrador de la comunidad sin devolverlos ni liquidar cuentas en relación a los mismos, en un auténtico acto de apropiación.

Delitos de estafa y falsedad documental por persona que instrumentaliza dos sociedades, para su ilícito lucro

Delitos de estafa y falsedad documental. Apropiación indebida. Administradores sociales. Coautoría.

Delitos de estafa y falsedad documental, cometidos por persona que instrumentaliza dos sociedades, en cada una de las cuales ostenta un cargo, pero de las que es el real administrador, y, valiéndose de la cobertura de un contrato ficticio, hace circular dinero de una a otra, del que se apodera para su ilícito lucro. Recurso formal, con grandes sesgos mercantiles y olvido de la realidad material que ha de primar en el ámbito del derecho penal, que gira en mantener la existencia como válido ese contrato ficticio, y el derecho a remuneración que le correspondía por uno de esos cargos. El acusado dispuso fraudulentamente de los fondos sociales sin ninguna justificación y las facturas emitidas no responden a ninguna prestación de servicios que aparentemente le servía de cobertura.

Tráfico de drogas y la apertura de equipaje sin estar presente su dueño

Delito contra la salud pública. Tráfico de drogas.  Intervenciones telefónicas. Inviolabilidad de las comunicaciones. Apertura de equipaje.

El derecho fundamental al secreto de las comunicaciones no tiene carácter absoluto. Puede quedar sujeto a limitaciones y restricciones que deben estar previstas por la ley en función de intereses que deban ser considerados prevalentes según los criterios propios de un Estado democrático de derecho. Para que tales restricciones puedan hacerse efectivas es preciso que, a partir de la necesaria habilitación legal, existan datos que en cada caso concreto pongan de manifiesto que la medida restrictiva del derecho es proporcional al fin pretendido, que este fin es legítimo y que es necesaria en función de las circunstancias de la investigación y del hecho investigado. No se puede convertir las intervenciones telefónicas en un instrumento de exploración destinado a obtener informaciones policialmente útiles, pero desvinculadas de una concreta actuación delictiva. De ahí su necesario anclaje, tanto de inicio como durante su vigencia a través de sucesivas prórrogas, a una base indiciaria que permita descartar su carácter meramente prospectivo, lo que solo puede garantizarse a través del efectivo control judicial.

Unificación de doctrina en materia de menores y prescripción de delitos leves

Extinción de la responsabilidad criminal. Prescripción de delitos. Recurso de casación para unificación de doctrina en materia de menores. Delito leve de lesiones. Delito leve de amenazas.

Para la aplicación del instituto de la prescripción de delitos se tendrá en cuenta el plazo correspondiente al delito cometido, entendido este como el declarado como tal en la resolución judicial que así se pronuncie. Este mismo criterio se aplicará cuando los hechos enjuiciados se degraden de delito a falta (hoy delito leve) de manera que el plazo de prescripción será el correspondiente a la calificación definitiva de los mismos como delito o falta.

Delitos de estafa y falsedad documental por persona que instrumentaliza dos sociedades, para su ilícito lucro

Delitos de estafa y falsedad documental. Apropiación indebida. Administradores sociales. Coautoría.

Delitos de estafa y falsedad documental, cometidos por persona que instrumentaliza dos sociedades, en cada una de las cuales ostenta un cargo, pero de las que es el real administrador, y, valiéndose de la cobertura de un contrato ficticio, hace circular dinero de una a otra, del que se apodera para su ilícito lucro. Recurso formal, con grandes sesgos mercantiles y olvido de la realidad material que ha de primar en el ámbito del derecho penal, que gira en mantener la existencia como válido ese contrato ficticio, y el derecho a remuneración que le correspondía por uno de esos cargos. El acusado dispuso fraudulentamente de los fondos sociales sin ninguna justificación y las facturas emitidas no responden a ninguna prestación de servicios que aparentemente le servía de cobertura.

Tráfico de drogas y la apertura de equipaje sin estar presente su dueño

Delito contra la salud pública. Tráfico de drogas.  Intervenciones telefónicas. Inviolabilidad de las comunicaciones. Apertura de equipaje.

El derecho fundamental al secreto de las comunicaciones no tiene carácter absoluto. Puede quedar sujeto a limitaciones y restricciones que deben estar previstas por la ley en función de intereses que deban ser considerados prevalentes según los criterios propios de un Estado democrático de derecho.

Prevaricación y malversación por incrementos salariales por encima de las limitaciones presupuestarias

Delito contra la administración pública. Prevaricación y malversación. Delito continuado. Incrementos salariales por encima de las limitaciones presupuestarias. Sociedad mercantil del sector público. Autoría directa y cooperación necesaria.

En el ámbito de una sociedad mercantil que maneje caudales públicos, como es el caso, solo en dos supuestos estaremos en presencia de un "asunto administrativo"; bien cuando desarrolle actuaciones que supongan la ejecución de una encomienda de gestión, bien cuando por aplicación de una norma expresa quede sometida a principios o procedimientos propios de la Administración. Por tanto, solo cuando la resolución se hubiera dictado en alguno de esos dos supuestos podría haber un delito de prevaricación en la actuación de una empresa pública. El delito de prevaricación administrativa es el negativo del deber que se impone a los poderes públicos de actuar conforme a la Constitución y al ordenamiento jurídico. Constituye la respuesta penal ante los abusos de poder que representan la negación del propio Estado de Derecho.

El alcance de la facultad de impugnación de las sentencias penales absolutorias

Revocación de sentencia absolutoria. Exceso en las facultades revisoras. Retroacción. Nueva valoración de la prueba, vinculante tras la devolución para la repetición del juicio.

La admisión a trámite del recurso vino fundamentada en apreciar que afecta a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre el que no hay doctrina del Tribunal Constitucional. En esta sede, y previamente ante la jurisdicción ordinaria, se plantea un debate no abordado en la doctrina constitucional en torno al alcance de la facultad de impugnación de las sentencias penales absolutorias basadas en la existencia de duda razonable y también, en su caso, sobre la posibilidad de revocarlas, en atención a las posibilidades de impugnación que, en favor de los acusadores, se especifican en la nueva redacción de los artículos 790 y 792 de la Ley de enjuiciamiento criminal dada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, cuando la eventual impugnación, o la revocación, vienen fundamentadas en la discrepancia sobre el juicio fáctico que expresan.

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