Delito de acusación y denuncia falsa y la exigencia de denuncia del perjudicado
Enviado por Editorial el Lun, 01/04/2024 - 09:20Delito de acusación y denuncia falsa. Requisitos de perseguibilidad. Exigencia de denuncia del perjudicado
Significado y fundamento de la exigencia de denuncia del perjudicado como presupuesto de perseguibilidad y flexibilización jurisprudencial de esta exigencia en el delito de acusación y denuncia falsa.
Un presupuesto de perseguibilidad es determinante no de la vulneración de los derechos y garantías que define el art. 24 de la CE, sino de la estricta aplicación de la ley penal. El criterio riguroso que ciñe hasta sus últimas consecuencias la interpretación conjunta de los arts. 849.1 y 847.1.1.b) implica dejar sin vía impugnativa la exégesis de un precepto que es decisivo no para que la investigación y el enjuiciamiento se desarrollen con las garantías exigibles, sino para que la investigación y enjuiciamiento puedan llegar a existir. La exégesis del precepto no ofrece duda alguna sobre la exigencia, además de una resolución firme de archivo del órgano judicial que haya conocido la resolución imputada, de un presupuesto de perseguibilidad que puede adquirir un doble significado: