Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Modificación de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de Menores: Cambios clave

Cambios en la Ley Orgánica 5/2000 sobre responsabilidad penal de menores

El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma de la Ley Orgánica 5/2000, que regula la responsabilidad penal de menores, para asignar a los Juzgados de Menores la competencia en la determinación de la edad en casos de duda razonable sobre la minoría o mayoría de edad de una persona detenida por presunta participación en un delito. Este cambio refuerza el principio de presunción de minoría de edad, recogido tanto en la normativa nacional como internacional.

Procedimiento judicial para determinar la edad: Ley de Enjuiciamiento Civil

En paralelo, se modifica la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, trasladando el procedimiento de determinación de la edad del ámbito administrativo al judicial. Las competencias se asignan a los Juzgados de Primera Instancia especializados en familia o al juzgado correspondiente según el lugar de residencia del menor.

Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa

Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa. Imagen del concepto de profesionalismo de un abogado y su papel en la justicia sobre su mano

Publicada en el BOE de 14 de noviembre la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa (con entrada en vigor el 4 de diciembre), que tiene por objeto regular el derecho de defensa, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española como derecho fundamental indisponible, que comprende el conjunto de facultades y garantías, reconocidas en el ordenamiento jurídico, que permiten a todas las personas, físicas y jurídicas, proteger y hacer valer, con arreglo a un procedimiento previamente establecido, sus derechos, libertades e intereses legítimos en cualquier tipo de controversia ante los tribunales y administraciones públicas.

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

  • Definición: El derecho de defensa abarca el conjunto de facultades y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico.
  • Protección y defensa: Permite a todas las personas (físicas y jurídicas) proteger y hacer valer sus derechos, libertades e intereses legítimos.
  • Procedimiento: Estas acciones se deben realizar de acuerdo con un procedimiento previamente establecido.
  • Ámbito de actuación: Aplica ante tribunales, administraciones públicas, diligencias de investigación del Ministerio Fiscal, y en medios adecuados de solución de controversias regulados en la normativa de aplicación.

Medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, (BOE de 6 de noviembre y de entrada en vigor el día 7), por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

La norma tiene por objeto contribuir al restablecimiento de la normalidad de las zonas afectadas y la adopción de algunas de las medidas contempladas por el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, en particular las del apartado segundo, como son determinados beneficios fiscales y medidas en materia de Seguridad Social.

Se aprueba así un primer paquete de medidas por importe de 10.600 millones de euros, destinadas a ayudar a los hogares, empresas, autónomos y ayuntamientos de los 78 municipios valencianos, castellanomanchegos y andaluces golpeados por la DANA. Un listado que podrá ampliarse a otros municipios y CCAA, en función de las necesidades.

Entre las acciones, se incluyen ayudas directas a los ciudadanos y empresas, moratorias y exenciones fiscales, medidas en materia de seguridad social, líneas de avales, créditos ICO y ayudas a las administraciones locales, entre otras.

“Convalidación” de las penas que se han cumplido en otros países de la UE

Publicada en el BOE de 19 de octubre, la Ley Orgánica 4/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).

La transposición de la Directiva (UE) 2019/884, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al intercambio de información sobre nacionales de terceros países y al Sistema Europeo de Intercambio de Antecedentes Penales (ECRIS), hace necesario incorporar a la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, los artículos 1.4, 1.5 y 1.8 de aquella, relativos respectivamente a petición de antecedentes al Estado de condena para un certificado.

Modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal

Se publica en el BOE de 5 de agosto de 2024, con entrada en vigor el 6 de agosto, la Ley Orgánica 3/2024, de 2 de agosto, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

1. Como novedades en la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, señalamos las siguientes:

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