Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El TS fija doctrina sobre los requisitos legales para la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dicta dos sentencias en esta materia

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias que sientan los criterios decisorios que sintetizan la doctrina de la sala en la materia, para que puedan ser tenidos en cuenta en la litigiosidad pendiente sobre esta materia:

  • La concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España conforme a la Ley 12/2015, de 24 de junio, corresponde a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que no está vinculada por la valoración del notario en el acta de notoriedad que contempla la ley acerca de si se cumplen o no los requisitos legales exigidos para la concesión.
  • El artículo 1.2 de la Ley 12/2015 exige que los medios de prueba que permiten valorar si queda acreditada o no la condición de sefardí del solicitante, cumplan determinados requisitos para poder ser tomados en consideración como elementos de juicio. Es decir, se requiere que los medios probatorios observen de manera rigurosa los requisitos legalmente establecidos.

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de enero de 2025)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de diciembre de 2024)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de diciembre de 2024)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de diciembre de 2024)

El Tribunal Supremo establece que las ‘mobile-home’ exigen licencia urbanística por ser asimilables a una casa prefabricada y no a un remolque

Los recurrentes las consideraban asimilables a los remolques tal como aparecen definidos en el Reglamento General de Vehículos, queriendo con ello hacer prevalecer la condición de vehículo sobre la de vivienda.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que “la naturaleza de las denominadas “mobile-home” o casas móviles es asimilable a las casas prefabricadas desde la perspectiva de la exigibilidad de la licencia urbanística por uso de suelo, siendo de aplicación el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana”.

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