Conducción etílica y negativa a la segunda prueba de alcoholemia.
Enviado por Editorial el Lun, 17/06/2024 - 08:30Delito contra la seguridad del tráfico. Conducción etílica. Influencia del alcohol en la conducción. Negativa a la prueba de alcoholemia. Reformatio in peius.
Se confirma el criterio establecido en la sentencia de Pleno número 210/2017, que consideró constitutivo de delito la negativa a someterse a la segunda medición de la prueba de alcoholimetría, en los delitos contra la seguridad del tráfico con independencia del resultado de la primera medición.
Aunque se hubiese accedido voluntariamente a la primera medición a requerimiento de un agente de la autoridad, y aunque el resultado hubiese sido positivo, no quedaba excluido del reproche penal la negativa explícita o implícita (mediante la consciente y deliberada práctica obstativa como describe el hecho probado) a la segunda medición, prescrita en la norma administrativa para integrar lo que se concibe como una única prueba compuesta de dos mediciones.