Delito de falsedad de documento oficial de recetas sanitarias

Delito de falsedad documental. Recetas sanitarias. Continuidad delictiva Dilaciones indebidas.

El hecho probado describe que el acusado "haciendo uso de un sello médico oficial del Hospital, denunciado como sustraído y de un talonario de recetas farmacéuticas, medicamento en varias farmacias, tras estampar el sello en tres de las recetas del talonario, rellenado las mismas y simulado la firma del facultativo autorizado para expedir tales recetas, pretendiendo crear apariencia de autenticidad de las mismas.

Las recetas son documentos oficiales, cuando son expedidas por los facultativos en el ejercicio de su función sanitaria en organismos públicos, como el sistema público de seguridad social. En el caso examinado las recetas provenían de un talonario de recetas farmacéuticas, y para su autentificación el acusado había utilizado un sello médico oficial del Hospital. Las recetas en cuestión emanaban de una entidad de Derecho Público en orden al cumplimiento de sus fines, la prescripción de medicamentos. Se parte de la existencia de una pluralidad de actos, de acciones, que son valorados como una unidad, constituyendo un objeto único de valoración jurídica. para afirmar la unidad de acción al menos, se requiere: a) desde el punto de vista subjetivo, que concurra un único acto de voluntad encaminado a la realización de toda la dinámica delictiva; b) como elementos o condicionamientos objetivos de esta actividad, que todos los actos estén vinculados espacial y temporalmente, pues la disgregación de la dinámica delictiva en uno y otro sentido pueden romper la identidad que reclama la voluntad única; y c) desde la óptica normativa, que se dé la identificación en la tipología delictiva.

En cuya consecuencia, cuando se produce una repetición de acciones separadas por ocasiones temporales diferentes, más o menos distantes en su cronología no cabe hablar de un solo acto; en ese caso no hay unidad natural de la acción, sino diferentes actuaciones que pueden ser consideradas o bien como un concurso real de delitos o como un delito continuado. Tampoco cuando existe escisión espacial o cuando la voluntad dirigida a la dinámica delictiva contemplada, resulta cambiante. Aquí el acusado elaboró varias recetas falsas en un mismo acto, esto es, con unidad espacial y una estrecha inmediatez temporal. El hecho probado sitúa la confección de las recetas el mismo día, y ese mismo día también se adquirió el medicamento en distintas farmacias de la misma localidad. Y el modus operandi fue idéntico en todas ellas, por lo que no hay continuidad delictiva como agravamiento.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 10 de octubre de 2024, recurso 3184/2022)