Aprovechamiento de la violencia desplegada para cometer delito de robo

Delito de hurto. Delito de robo. Aprovechamiento de la violencia anteriormente desplegada.

Frente al calificado delito de hurto de un teléfono móvil en el caso de aprovechamiento de la violencia anteriormente desplegada por el autor frente a la víctima, para hacerse con un teléfono móvil, con ánimo de lucro, se aplica el acuerdo Plenario de 24 de abril de 2018 que señala que: "Cuando aprovechando la comisión de un ilícito penal en el que se haya empleado violencia se realiza un apoderamiento de cosas muebles ajenas, se entenderá que se comete un delito de robo del art. 237 del Código Penal cuando se haya perpetrado con inmediatez al acto violento y sin ruptura temporal y la violencia empleada facilite el acto del apoderamiento."·

El acto de arrebatar de las manos el móvil y su bolso, ya denota cierta violencia, pues se encuentra bajo el control de su propietaria, por lo que el acto debe considerarse como robo y no hurto.

Lo relevante es que exista la funcionalidad de la violencia respecto de la sustracción, sea aquélla anterior, coetánea o posterior a ésta. Si no existe inmediatez entre violencia y sustracción, es decir, proximidad en tiempo y espacio, mal se podrá predicar aquella funcionalidad de la violencia para la sustracción, por lo que no cabrá decir que ésta facilita aquélla.

En lo que concierne al elemento subjetivo del dolo es claro que el mismo ha de predicarse tanto de la violencia como de la sustracción, y debe abarcar en lo cognitivo la funcionalidad del comportamiento violento y sus efectos para el objetivo patrimonial y en lo volitivo la decisión de rentabilizar esa utilidad. No obstante, esa referencia subjetiva no debe reconducirse necesariamente a la exigencia de la presencia de ambas ya en un momento anterior a la violencia. En este caso, donde los hechos probados son inequívocos: el acusado aprovechó el momento, es decir la circunstancia, subsiguiente a su acto violento, haciendo que tal situación fuese útil para la sustracción. Y eso es precisamente lo que, conforme al Diccionario de la Real Academia, significa emplear (violencia).

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 04 de marzo de 2025, recurso 5672/2022)