Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Acumulación de condenas y el riesgo de alentar la impunidad

Penas privativas de libertad. Reglas especiales para la aplicación de las penas. Acumulación de penas.

Doctrina de la Sala sobre los límites de pena del artículo 76.1 y su relación con el mecanismo de acumulación del artículo 76.2 CP.

El mecanismo de la acumulación jurídica de penas del artículo 76 CP constituye, sin duda alguna, un instrumento decisivo de ajuste entre el resultado cuantitativo de las penas impuestas en el marco de fórmulas concursales de comisión y los fines de reinserción y rehabilitación, y que se fija en el triple de la más grave de las concretas penas impuestas.

Elementos de tipo objetivo del delito de apropiación indebida cuando se trata de dinero u otras cosas fungibles

Apropiación indebida. Administración desleal. Cónyuge partícipe a título lucrativo.

La gestión desleal queda perfectamente descrita, al destinar los fondos que se enumeran a fines distintos de los que les eran propios, con el correspondiente perjuicio para los titulares de patrimonio administrado, con independencia de que el administrador los haya hecho suyos, hipótesis que en este caso emerge como verosímil.

El delito de fraudes y exacciones ilegales, como delito especial contra la administración pública

Delitos contra la Administración Pública. Delito de exacciones ilegales. Estimación del error facti. Documento de Aduana.

El delito del artículo 437 del Código Penal como fraudes y exacciones ilegales, es un delito especial, cuando la Audiencia declara que el acusado no llevó a cabo su acción en el ejercicio de sus funciones como Guardia Civil, quiere decir en funciones de seguridad, pero sí como funcionario de la Guardia Civil.

Auto de trasformación de juicio abreviado a ordinario

Procedimiento penal. Derecho a la defensa y del derecho a la tutela judicial efectiva. Procedimiento abreviado. Sumario ordinario.

Acomodación del procedimiento al sumario ordinario en lugar de seguirse al cauce del abreviado al postular la acusación particular pena que exigía acomodar el mismo al trámite del sumario. Ello no provoca indefensión material al recurrente por la circunstancia de que haya sido el tribunal que iba a celebrar el juicio el que aceptara la cuestión previa suscitada y acordara retrotraer el procedimiento al momento de la transformación para hacerlo al trámite del sumario dada la pena que sostenía la acusación particular.

Bien jurídico protegido en el delito de maltrato animal

Delito de maltrato animal. Legítima defensa. Bien jurídico protegido.

La protección penal del delito de maltrato animal, descansa en la necesidad de defender una moral pública generalizada y partidaria de preservar el bienestar de los animales en términos socialmente adecuados, sin perjuicio de la autonomía con la que el legislador tipifique después las diferentes conductas.  La previsión de una categoría de delitos exclusivamente orientados a preservar el bienestar animal no descansa en que los animales sean titulares de derechos, sino en que la naturaleza humana comporta un deber de respeto al resto de seres vivos, estando modulada esta exigencia por el grupo social y por la específica formulación de los distintos tipos penales por el legislador.

La validez de las grabaciones obtenidas por un particular como prueba en el proceso penal

Proceso penal. Diligencias de investigación. Prueba. Grabaciones de los propios acusados. Control judicial. Vulneración de derechos fundamentales.

Se anula la condena por conspiración para el secuestro de un empresario por ser ilícita la grabación clandestina que hizo uno de los acusados como confidente de la policía. Ilicitud de la grabación obtenida que conduce a declarar vulnerado el derecho a no confesarse culpable y, con él, el derecho a la presunción de inocencia.

Prescripción y coautoría de delitos complejos

Delito de lesiones. Coautoría. Dolo eventual. Prescripción de delitos complejos.

En la coautoría de delitos, no es necesario que cada uno ejecute por sí mismo los actos que integran el elemento central del tipo, pues cabe una división del trabajo, sobre todo en acciones de cierta complejidad, pero sí lo es que su aportación lo sitúe en posición de disponer del condominio funcional del hecho. De esta forma todos los coautores, como consecuencia de su aportación, dominan conjuntamente la totalidad del hecho delictivo, aunque no todos ejecuten la acción contemplada en el verbo nuclear del tipo. La consecuencia es que entre todos los coautores rige el principio de imputación recíproca que permite considerar a todos ellos autores de la totalidad con independencia de su concreta aportación al hecho.

Delito de apropiación indebida, agravado por tratarse de primera vivienda

Delito de estafa. Delito de apropiación indebida. Primera vivienda.

Entrega de cantidades a cuenta de la construcción y venta de una vivienda que servirá de domicilio para el comprador, sin que se entregue ni el piso ni se devuelva el dinero, sin asegurar la devolución de las cantidades entregadas, y sin haberse empleado el dinero en su construcción.· Los acusados, conocedores de su negocio, como profesionales de la construcción, ignoraron las leyes que rigen el mismo, y obraron con una total falta de diligencia, utilizando una sola cuenta para verificar la obra de varias construcciones, y otro conjunto de actividades extrañas a su actividad, no pudiéndose exigir al querellante una prueba diabólica, ya que, una vez que se abre una sola cuenta para las diversas construcciones que acomete la sociedad, es imposible saber si las cantidades que entregaba a cuenta y con una específica finalidad, se empleaban, o no, en la construcción de su vivienda, argumentación que no puede ser admitida por esta Sala Casacional, so pena de despenalizar de facto tal comportamiento delictivo para todo caso y situación.

La exigencia de acreditar la fuerza para la existencia de delito de robo con fuerza en las cosas

Delito de robo con fuerza en las cosas. Fuerza empleada. Delito de hurto. Agravante de reincidencia.

No basta para apreciar el delito de robo con fuerza en las cosas con el empleo de cualquier clase de fuerza, sino que debe tratarse de alguna de las modalidades típicas referidas en el artículo 238 del Código Penal, como pudiera ser la fractura de puertas o ventanas.

El relato de hechos probados de la sentencia impugnada no permite conocer qué clase de fuerza resultó implementada sobre el vehículo para acceder a los objetos que se encontraban en su interior. Ni siquiera puede conocerse si la misma se efectuó sobre sus puertas o ventanas. La lacónica descripción empleada, -tras forzar el vehículo, se apoderó de los efectos-, obtura cualquier posibilidad de profundizar acerca de esta relevante cuestión, impide conocer el concreto modo en el que accedió al interior del vehículo, que no presentaba, a su vez, daño o desperfecto alguno.

Delito de prevaricación administrativa en el ámbito municipal

Delito de prevaricación administrativa. Requisitos subjetivos. Conciencia y voluntad. Pena accesoria. Inhabilitación para cargo público.

Inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa a exalcalde por la contratación irregular de un arquitecto, pese al informe desfavorable de la secretaria del Ayuntamiento. Realizó la contratación directa del arquitecto para el asesoramiento urbanístico de la Corporación Municipal sin proceso selectivo por ser un contrato menor. La secretaria señaló en su informe que se desconocía el importe total del contrato (si superaba los 18.000 euros), que carecía de definición suficiente su objeto y que no existía consignación presupuestaria.

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