Nulidad de los contratos por causa torpe y sus consecuencias
Enviado por Editorial el Jue, 15/07/2021 - 10:09Nulidad de los contratos. Simulación absoluta. Causa torpe. Arrendamiento rústico. Restitutio in integrum.
En caso de nulidad de contratos por causa torpe si ser considerados delito, Cuando la culpa esté de parte de ambos contratantes, ninguno de ellos podrá repetir lo que hubiera dado y reclamar cumplimiento, y si la culpa es de un solo contratante, no podrá éste repetir lo que hubiese dado, ni pedir el cumplimiento. El otro, que fuera extraño a la causa torpe, podrá reclamar lo que hubiera dado, sin obligación de cumplir lo que hubiera ofrecido.