Subtipo agravado de comisión de lesiones en domicilio de la víctima
Enviado por Editorial el Lun, 31/01/2022 - 09:06Delito de lesiones. Subtipo agravado de comisión en domicilio de la víctima.
Interés casacional de la aplicación del subtipo agravado del delito de lesiones del art. 153.3 CP (comisión de la lesión en el domicilio común), apreciado por el Juzgado de lo Penal y suprimido por la Audiencia Provincial al resolver la apelación. Para la Audiencia una interpretación histórica y teleológica de la norma requiere algo más que el desnudo elemento locativo. Solo se detectaría un plus de gravedad idóneo para justificar un incremento punitivo, si estuviese presente un afán, deliberado o inherente a la acción, de buscar mayor facilidad para la comisión o propiciar la impunidad, tratándose de domicilio común; o supusiese a la vez un ataque indirecto a la privacidad de la víctima por verse agredida en sus espacios más íntimos (lo que exigiría que el autor fuese ajeno a la vivienda).