Sociedades utilizadas como instrumentos en el delito contra la Seguridad Social
Enviado por Editorial el Lun, 27/02/2023 - 12:59Delito contra la seguridad social. Sucesión de sociedades para evitar la ejecución.
En el delito contra la Seguridad Social no se sanciona la mera omisión de la declaración ni el simple impago, entendido este como omisión del ingreso material del dinero, cuando se ha hecho la declaración veraz. El tipo exige una conducta defraudatoria, mendaz, de ocultación de las bases de cotización o de ficción sobre devoluciones o gastos deducibles. Por tanto, el concepto de defraudación está vinculado a actuaciones de ocultación o alteración de datos de obligatoria comunicación.