El consumidor debe comprender sin ambigüedad la expresión por la que queda sujeto a una obligación de pago en la contratación electrónica
Enviado por Editorial el Lun, 18/04/2022 - 12:50Protección de los consumidores. Contratación electrónica. Obligaciones de información que recaen sobre el comerciante. Activación de un botón o una función similar con el fin de efectuar el pedido con obligación de pago.
En el caso, un consumidor consultó la plataforma de reserva de alojamientos en línea www.booking.com para buscar habitaciones de hotel. Entre los resultados de la búsqueda que se mostraron estaban las habitaciones de un hotel (propiedad de la sociedad alemana litigante) en el que el consumidor pulsó sobre la imagen correspondiente, lo que hizo que se mostraran las habitaciones disponibles e información adicional relativa, entre otras cosas, a las instalaciones y los precios ofrecidos por ese hotel durante el período seleccionado. El consumidor decidió reservar cuatro habitaciones dobles en dicho hotel y, tras haber pulsado el botón «Reservar», introdujo sus datos personales y los nombres de sus acompañantes antes de pulsar un botón con la mención «Finalizar la reserva», pero no se presentó en el hotel en la fecha de la reserva.