Derecho de información del socio en la sociedad anónima
Enviado por Editorial el Vie, 29/10/2021 - 12:07Derecho de sociedades. Impugnación de acuerdos sociales de sociedad anónima. Aprobación de cuentas. Operación acordeón. Sociedad en liquidación. Reactivación de sociedad. Información de socios.
Impugnación de acuerdos sociales de sociedad anónima relativos a aprobación de cuentas de varios ejercicios y reactivación de una sociedad en liquidación, previa reducción y ampliación simultáneas del capital y posible incumplimiento de los deberes de información a los socios. Inexistencia de abuso de derecho.
En la sociedad anónima, junto al régimen general del derecho de información contenido en el art. 197 LSC, la propia Ley contiene regulaciones especiales y complementarias del derecho de información, en relación con el contenido de la junta general. En lo que ahora interesa, el art. 272 LSC añade al régimen general el derecho del socio a la obtención de una documentación e información antes de la junta general ordinaria de censura y aprobación de cuentas; y el art. 287 LSC hace lo propio respecto de la junta convocada para la modificación de los estatutos.