Limitación temporal a la atribución del uso de la vivienda familiar privativa del esposo
Enviado por Editorial el Vie, 30/12/2022 - 13:48Divorcio. Atribución del uso de la vivienda familiar. Limitación temporal. Vivienda privativa del esposo.
La sala recuerda que es posible la atribución del uso a aquél de los progenitores que por razones objetivas tenga más dificultad de acceso a una vivienda, como no ser titular, no disponer del uso de otra vivienda o tener menores ingresos, para que, de esta forma, pueda llevarse a cabo la efectiva convivencia con sus hijos durante los períodos en los que le corresponda tenerlos en su compañía. Ahora bien, con una limitación temporal, similar a la que se establece en el párrafo tercero del art. 96 CC para los matrimonios sin hijos.