Pérdida de la condición de colegiado por impago de las cuotas colegiales
Enviado por Editorial el Vie, 15/01/2021 - 10:59Colegio de abogados. Impago de cuotas. Baja. Sanción disciplinaria. Nulidad y anulabilidad de actos administrativos.
La resolución recurrida en la instancia acordaba la pérdida de condición de colegiado del recurrente y por tanto su baja en el colegio de abogados, sobre la base de lo señalado en el art.19.1.c siguientes y concordantes del Estatuto General de la Abogacía Española por falta de pago de las cuotas colegiales ya que entre las obligaciones más importantes que surgen de la relación jurídica que se establece entre el Colegio y los colegiados figura la de contribuir al mantenimiento de las cargas colegiales y demás imputaciones económicas del Colegio "en la forma y tiempo" que se hayan establecido.