Los antecedentes penales no son causa bastante para denegar la prórroga de la estancia por estudios
Enviado por Editorial el Vie, 01/10/2021 - 12:45Extranjería. Prórroga de estancia por estudios. Denegación por antecedentes penales. Ponderación del alcance de la condena penal y su cumplimiento en relación con el desarrollo de la estancia
La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si el requisito de carecer de antecedentes penales en España, durante los últimos cinco años, que establece el artículo 38.1.b) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, para acceder a la prórroga de la autorización de estancia por estudios de los extranjeros en España, puede ser causa bastante para su denegación o exige en todo caso una valoración de las circunstancias particulares del solicitante.