El TS permite imponer como pena la prohibición de acceder al metro por un tiempo a condenados por hurto en sus instalaciones
Enviado por Editorial el Lun, 19/03/2018 - 09:10La Sala Segunda considera proporcionada esta pena impuesta por la Audiencia de Barcelona a dos personas que se apoderaron del teléfono de una turista
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido, en su sentencia de 12 de marzo de 2018, que se puede imponer como pena a un condenado por un delito de hurto la prohibición de acceder a las instalaciones del metro de una ciudad por un tiempo determinado, aunque los hechos se hayan cometido en una estación o en una línea concreta y no en todo el suburbano.
El tribunal considera proporcionada la prohibición de utilizar el metropolitano de Barcelona durante nueve meses impuesta a dos condenados por este delito que se apoderaron del teléfono móvil de una turista cuando se disponía a bajar del vagón en una estación –Urquinaona- de la línea 4. Además de esta pena, la Audiencia Provincial de Barcelona fijó otra de tres meses de prisión para cada uno de ellos por estos mismos hechos. Ambos ya habían sido condenados con anterioridad por otros hurtos.