Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Casación por quebrantamiento de forma. Principio acusatorio

Casación por quebrantamiento de forma. Principio acusatorio. El recurso no puede prosperar primeramente, porque adolece de falta de ortodoxia casacional, en tanto que la vía elegida, el citado quebrantamiento de forma por contradicción, no es tal. Hay que tener en cuenta que la única contradicción que constituye quebrantamiento de forma es la que reúne las siguientes características:

  1. tiene que ser interna, es decir, producida dentro de la propia declaración de hechos probados, no pudiendo ser denunciada como contradicción la que se advierta o crea advertirse entre el «factum» y la fundamentación jurídica de la resolución;
  2. ha de ser gramatical o semántica, no conceptual, de suerte que no hay contradicción a estos efectos si la misma es resultado de los razonamientos, acertados o desacertados, de quien lee la declaración probada;
  3. la contradicción debe ser absoluta, esto es, debe enfrentar a términos o frases que sean antitéticos, incompatibles entre sí, e insubsanable, de forma que no pueda ser remediada acudiendo a otras expresiones contenidas en el mismo relato;
  4. como consecuencia de la contradicción, que equivale a la afirmación simultánea de contrarios con la consiguiente destrucción de ambos, debe sobrevenir un vacío que afecte a aspectos esenciales del sustrato fáctico en relación con la calificación jurídica en qué consiste el «iudicium», lo que se suele significar diciendo que la contradicción sólo es motivo de casación cuando es causal y determinante de una clara incongruencia entre lo que se declara probado y sus consecuencias jurídicas.

Condena por un delito de tráfico ilegal de órganos

Condena por un delito de tráfico ilegal de órganos

Delito de tráfico de órganos. Coacciones y lesiones. Error de prohibición. Conocimiento de la antijuridicidad. Estado de necesidad. Enfermedad renal que le fue diagnosticada a uno de los procesados, se le preparó para una intervención quirúrgica consistente en el trasplante del riñón, siendo una de las opciones existentes la donación "inter vivos". Idearon localizar a un donante compatible para que, a cambio de una cantidad determinada de dinero, aceptara presentarse ante las autoridades sanitarias como un amigo de la familia y someterse al trasplante de riñón simulando el consentimiento libre, consciente y desinteresado. Una vez localizado a un mendigo como donante compatible, elaboran un documento de declaración jurada ante notario acreditativo de la supuesta amistad entre el receptor y el donante a cambio de unos 6000 euros, pero en el momento de la firma se arrepintió y marcho del lugar, siendo localizado por los procesados que por medio de insultos, golpes y coacciones trataron en vano de que cumpliera el acuerdo.

Responsabilidad penal de personas jurídicas cuando existe sentencia de conformidad de los administradores de la misma

Delitos contra la hacienda pública. Responsabilidad penal de personas jurídicas. Sentencia de conformidad. Los administradores fueron condenados por sentencia de conformidad, pero a la persona jurídica no le fue preguntada si también se conformaba con la pena solicitad. La Empresa (persona jurídica) cuya condena se pretende ahora en apelación, estaba representada en el acto del juicio de instancia por uno de los acusados, que reconoció los hechos en su propio nombre y con su misma representación procesal. Además, la Abogacía del Estado, parte en el proceso, no solicitó reconocimiento de hechos por la persona jurídica ni se practicó ninguna prueba ene l acto del juicio oral respecto de la culpabilidad de la persona jurídica.

Delito continuado de defraudación a la Seguridad Social. Infracciones cometidas con anterioridad y posterioridad a la LO 7/2012 y problemas de régimen transitorio

Delito de defraudación a la Seguridad Social. Delito continuado. El tipo penal invocado consistente en eludir el pago de las cuotas a la Seguridad Social y la dificultad del caso de autos  lo es por resultar cometidas las infracciones bajo diversa redacción de la conducta típica, al modificarse la normativa típica. Efectivamente a los años naturales de 2011 y 2012, le son de aplicación el art. 307 tal como resulta su redacción tras la reforma operada por LO 5/2010, que entró en vigor el 23 de diciembre de ese año. Pero a los hechos acaecidos a partir del 17 de enero de 2013, le son de aplicación, el art. 307 y 307 bis, en la redacción resultante operada por la LO 7/2012, de 27 de diciembre. Con la nueva redacción, lo defraudado en un período determinado cuatrienal, integra un solo delito; con la única matización de que si sobrepasa los ciento veinte mil, incurre en el tipo agravado del 307 bis; pero elude en ese cuatrienio, cualesquiera que sea el número de defraudaciones perpetradas, que resultarían calificadas en concurso real (o eventualmente en su caso, como delito continuado).

Posibilidad de concurso real de los delitos de lesiones y de maltrato habitual del CP

Delito de maltrato habitual. Delito de lesiones. Delito de amenazas. Agresión sexual. Derecho a la tutela judicial efectiva: Motivación fáctica. Agravante de reincidencia.  Necesidad de que las sentencias estén siempre motivadas, lo cual constituye, asimismo, una exigencia derivada del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de Jueces y Tribunales. La motivación debe abarcar, los tres aspectos relevantes de una resolución de esta naturaleza, esto es, fundamentación del relato fáctico que se declara probado, subsunción de los hechos en el tipo penal procedente, y consecuencias punitivas y civiles en el caso de condena.

Uso del twitter para el enaltecimiento del terrorismo y el discurso del odio

Enaltecimiento del terrorismo. Uso del twitter. Discurso del odio. Condenado a un año de cárcel y 7 de inhabilitación absoluta por enaltecimiento del terrorismo por publicar comentarios sobre Miguel Ángel Blanco en Twitter. Expresiones como "#quiero una selfie con la nuca de Miguel Blanco", "me meo en la @AVT"; y otros pidiendo la vuelta de ETA y los GRAPO, son un claro ejemplo del discurso del odio que incita a la violencia nunca amparable en el ejercicio de la libertad de expresión", al tiempo que "generan un clima de violencia al añorar acciones terroristas de organizaciones que han venido operando largo tiempo en nuestra nación y también reivindican acciones terroristas globalizadas.

Requisitos de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente

Delito contra los recursos naturales. El tipo básico del delito contra los recursos naturales y el medio ambiente tiene los siguientes requisitos:

1º) Uno de naturaleza objetiva, que por exigencias típicas descriptivas ha de consistir en la provocación o realización directa o indirecta, de alguna de las actividades aludidas en el precepto (emisiones, vertidos, extracciones o excavaciones, aterramientos, residuos, vibraciones, inyecciones o depósitos), realizadas sobre alguno de los elementos del medio físico también enumerados (atmósfera, suelo, subsuelo, o aguas terrestre, marítimas o subterráneas). La conducta típica habla de provocar y realizar. Por provocar suele entenderse toda acción que da lugar a un resultado, como sinónimo de facilitar, incitar, o promover el resultado típico. Y por realizar propia ejecución de la acción típica con su eficacia causal en el resultado. Está incluida en el tipo la comisión por omisión.

La sutura de aproximación mediante esparadrapo o steri-strip, constituye tratamiento quirúrgico e integra el delito de lesiones

Delito de lesiones. Tratamiento quirúrgico. Víctima con relación de afectividad con el acusado. Agresión sexual: Valoración probatoria. Declaración de la víctima. La sutura de aproximación mediante esparadrapo o steri-strip, constituye tratamiento quirúrgico e integra el delito de lesiones del artículo 147.1 del CP. Es una operación susceptible de realizarse en un solo acto. Pero si su sentido es la aproximación de los bordes de una herida para favorecer la soldadura de los tejidos, lo que cura realmente es la permanencia del cosido ejerciendo esa acción a lo largo de cierto tiempo, de manera que la intervención facultativa mantiene su actividad terapéutica durante todo ese periodo, en el que la lesión resulta tratada quirúrgicamente, aun cuando deba hablarse de cirugía menor.

Bien jurídico protegido con el delito de descubrimiento y revelación de secretos

Delito de descubrimiento y revelación de secretos. El delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.1 CP no tiene su bien jurídico protegido en la intimidad de la persona celosa de unos datos que no se deben dar a conocer, sino en la facultad de control de la información por la persona a quien afecta. Es una perspectiva diferente, porque el acento no está en la intimidad sino en el control del dato para preservar esa intimidad; matiz interesante que concreta en ambos casos con el artículo 18.4 de la CE. Por consiguiente, es el derecho a controlar los datos que pueden afectar a su intimidad, por lo cual, el ciudadano puede y debe controlar esa información e impedir el uso indebido de los mismos.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal,  de 13 de julio de 2017, recurso 56/2017)

Delito contra la seguridad vial y recurso de revisión de sentencias de conformidad

Delito contra la seguridad vial. Conducción sin permiso. Recurso de revisión de sentencias de conformidad. En el delito contra la seguridad vial del último inciso del art. 384 (conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia), la expresión legal exige que pueda afirmarse con taxatividad que el autor jamás ha obtenido el permiso de conducir. Por eso ha de excluirse del radio de acción del nuevo tipo penal a quien posee permiso extranjero y también a aquellas personas cuyo permiso ha caducado, incluyendo, aquellos correspondientes a otros países de la U.E. pero que no alcanzan validez en España por falta de reconocimientos médicos o finalización del período de vigencia como permisos de países no comunitarios.

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