Para fijar el plazo de prescripción hay que atender a la pena señalada en abstracto para la infracción
Enviado por Editorial el Lun, 18/12/2017 - 11:09Prescripción de delitos. Pena concreta o pena en abstracto.Entre la fecha de los hechos y la apertura del procedimiento judicial han transcurrido dieciocho años y la discrepancia estriba en determinar a qué plazo de los fijados en el art. 132 CP hay que estar a efectos de la prescripción del delito. El plazo de prescripción del delito por el que ha sido objeto de condena (según la legislación vigente en el momento de los hechos: no es aplicable retroactivamente la reforma de 1999 que para el caso de víctimas menores desplazó el dies a quo del cómputo) es de veinte años, pues la pena asignada en abstracto al delito podía alcanzar los quince años de prisión.