Jurisprudencia de Derecho Civil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Civil

Falta de legitimación para impugnar la filiación ajena fruto de un intercambio de nacidos en el hospital

Acciones de reclamación e impugnación de filiación. Legitimación activa. Litisconsorcio pasivo necesario. Intercambio por error en el hospital de dos nacidos. Impugnación por una de ellas de su propia filiación y de la de la otra nacida parte del intercambio.

Las exigencias del principio de veracidad biológica o prevalencia de la verdad biológica pueden y deben cohonestarse con las que impone el principio de seguridad jurídica en las relaciones familiares y de estabilidad de los estados civiles. De ahí que, reconociendo el interés de los progenitores en el conocimiento de la verdad biológica, sea posible introducir límites a la legitimación y plazos de caducidad para el ejercicio de las acciones de filiación siempre que se guarde la necesaria proporcionalidad con la finalidad perseguida de proteger el interés del hijo y de salvaguardar la seguridad jurídica en el estado civil de las personas.

Para impugnar la paternidad matrimonial, y en los plazos que se establecen, el art. 136 CC legitima al marido y a sus herederos si fallece antes de transcurrir el plazo; y el art. 137 CC legitima al propio hijo que impugna su paternidad, así como a sus herederos si el hijo fallece. Los modelos de derecho civil autonómico establecen reglas diferentes a la del Código Civil y a su vez, distintas entre sí. En definitiva, se trata de una cuestión sometida a la valoración que lleve a cabo el legislador, dentro de cada sistema de determinación de la filiación y acciones de filiación, ponderando los intereses en juego, atendiendo entre otras circunstancias, a la relevancia que se atribuya a la posesión de estado, al conocimiento o desconocimiento del hecho, o a la intimidad de la madre y el hijo. En el sistema del Código Civil no se puede prescindir del art. 139 CC y, ante la falta de reconocimiento expreso por el legislador, dado el carácter de las acciones de filiación, no resulta posible establecer la legitimación de los herederos de la madre que fallece sin haber ejercido la acción de impugnación de la maternidad a que se refiere el art. 139 CC.

Plusvalías relevantes tras la adjudicación de un inmueble al acreedor en ejecución hipotecaria

Ejecución hipotecaria. Cláusulas abusivas. Allanamiento. Requisitos.  Enriquecimiento injusto.  Subasta desierta.

La entidad acreedora dio por vencido anticipadamente el préstamo tras el impago por la deudora de dos cuotas e interpuso una demanda de ejecución hipotecaria. El juzgado dictó auto despachando ejecución y se declara la subasta desierta, por lo que se le adjudica al acreedor bancario la finca. Posteriormente el deudor demanda la nulidad de clausula suelo solicitando también enriquecimiento injusto del banco por la adjudicación en subasta de la finca y la nulidad del vencimiento anticipado.

Consentimiento tácito en el uso de elementos comunes en la propiedad horizontal

Propiedad horizontal. Uso de elementos comunes. Derecho de uso. Consentimiento tácito. Inacción de la comunidad de vecinos.

Razón al propietario de un local situado en un bloque de apartamentos cuya comunidad de propietarios le instaba a restituir la posesión de la parte del pasillo comunitario utilizado a modo de terraza-bar.

El complejo de apartamentos en un principio no se había constituido comunidad de propietarios, siendo el único propietario del bloque el que gestionaba en forma de explotación turística los apartamentos permitiendo para ello la ocupación de las zonas comunes. El negocio inició su actividad en julio de 1994 para lo que necesitó emplear un pasillo de los espacios comunes como terraza. Esta situación se ha mantenido con posterioridad a la constitución de la primera comunidad de propietarios, en 1995.

Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales. Concepto de “otra parte contratante”

Aprovechamiento por turno de viviendas turísticas. Competencia judicial. Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Contratos celebrados por los consumidores. Concepto de «otra parte contratante». Domicilio de una persona jurídica. Elección de la ley aplicable.

El Tribunal de Justicia declara que:

El artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que la expresión «otra parte contratante», que se utiliza en dicha disposición, debe entenderse referida únicamente a la persona, física o jurídica, parte en el contrato en cuestión y no a otras

Fijación de la cuantía y tasación de las costas en préstamo multidivisa

Recurso de casación. Préstamo multidivisa. Abusividad de cláusula. Nulidad de cláusulas. Cuantía del procedimiento. Trámite procesal en que debe resolverse la discrepancia sobre la cuantía del procedimiento.

Para nuestra jurisprudencia, la cuantía del procedimiento no integra propiamente el objeto principal de la tutela judicial solicitada en una demanda. Solo sirve como dato para el examen de otros presupuestos procesales (clase de procedimiento, tipo de recurso, la competencia objetiva, etc.). Tampoco forma parte del pronunciamiento de las sentencias. Sin que tenga sentido que constituya el único contenido del recurso extraordinario por infracción procesal. Dicho esto, se entiende que el recurso extraordinario por infracción procesal no prospere. Entremos en los razonamientos que llevan a esas conclusiones.

Cuando un arrendatario deja el inmueble no puede exigírsele que lo deje pintado

Contrato de arrendamiento con opción a compra. Extinción anticipada. Indemnización. Desperfectos.

El casero no puede obligar al inquilino a hacerse cargo de los gastos de pintura. Contrato de alquiler de vivienda habitual con opción de compra, en el que pactaron la duración del contrato, una renta mensual, siendo los suministros de agua y electricidad a cargo de los arrendatarios, así como la instalación de los contadores definitivos, y aceptaron el estado actual de la vivienda. Los arrendatarios desistieron de forma anticipada del contrato de arrendamiento, con pérdida de la prima de opción de compra.

Extensión y requisitos de los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación civil

Recurso de casación civil. Extensión y requisitos de los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación civil.

Por medio del presente acuerdo, se fija las directrices sobre los requisitos formales que han de reunir los escritos de interposición y de oposición de los recursos de casación civil que tendrán una extensión máxima de 50.000 "caracteres con espacio", equivalente a 25 folios. Esta extensión máxima incluye las notas a pie de página, imágenes, esquemas o gráficos que eventualmente pudieran incorporarse. El abogado, u otra persona que este designe, deberá certificar al final del recurso y de la oposición el número de caracteres que contiene el escrito que presenta y en caso de superación, deberá justificarse.

Los vicios o defectos en la edificación deben exteriorizarse dentro del plazo de garantía del art. 18 LOE para que nazca la acción del art. 17.1.b)

Ordenación de la Edificación. Plazos de garantía. Interrupción de la prescripción de la acción para exigir la reparación. Momento de manifestación de los daños materiales de la edificación.

La necesaria coordinación del contenido de los artículos 17.1.b) y 18.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación exige que el daño material se produzca en el plazo de garantía y que, una vez se manifieste en tal periodo de tiempo, la correspondiente acción se ejercite dentro del plazo de dos años. La garantía es el plazo que la Ley ofrece a los adquirentes de viviendas y locales para protegerles durante un plazo determinado de los daños causados por una mala construcción. Si el daño surge dentro de este plazo los agentes responderán en función de su intervención en la obra. El término no es de prescripción, ni de caducidad, sino de garantía, como señala reiterada jurisprudencia en el sentido de que para que nazca la acción de responsabilidad ex lege es requisito imprescindible que los vicios o defectos se exterioricen o produzcan dentro de su vigencia a contar desde la fecha de recepción de la obra, sin reservas o desde la subsanación de éstas.

La mera ilocalización no exonera de la obligación de prestar alimentos ni impide a los tribunales determinar un mínimo

Demanda de fijación de medidas paternofiliales. Demandado en rebeldía emplazado por vía edictal. Pensión alimenticia. Denegación en la instancia por falta de datos sobre la situación del progenitor rebelde. Congruencia.

La sentencia de instancia no es incongruente en tanto en cuanto resuelve la petición de fijación de alimentos postulada, obteniendo de esta forma la demandante una respuesta fundada en derecho a la petición formulada con la que queda satisfecho su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, así como se encuentra debidamente motivada explicitando las razones fácticas y jurídicas por mor de las cuales no se fijan los alimentos a cargo del padre del menor; ahora bien, que dicha petición sea ajustada o no a derecho, constituye objeto propio de un recurso de casación y no de infracción procesal.

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