Propiedad horizontal e instalación ex novo de ascensor
Enviado por Editorial el Jue, 16/05/2024 - 12:11Propiedad horizontal. Instalación ex novo de ascensor. Los propietarios de los locales y garajes deben contribuir a la instalación del ascensor pero están exentos de los gastos de mantenimiento. Validez de las distintas formas de distribución de los gastos.
Cuando se instala un ascensor ex novo, los propietarios de los locales comerciales y de los garajes también deben contribuir al gasto que ello supone, y su exclusión por la falta de uso resultaría abusiva con respecto a los propietarios de las viviendas, puesto que altera las cuotas de contribución a los gastos, por el sobrecoste que la exoneración de algunos comuneros conlleva para el resto, lo que requeriría haber sido aprobado por unanimidad. El fundamento de dicha doctrina es que la adecuación funcional que supone la instalación de un ascensor antes inexistente no es una simple mejora.