Jurisprudencia de Derecho Administrativo

Jurisprudencia más novedosa de derecho administrativo.

Denegación del acceso a datos sobre dietas y gastos de eurodiputados

Protección de datos. Transparencia. Denegación de la solicitud de la prensa de acceder a datos sobre dietas y gastos de eurodiputados. No cabe excluir la calificación de los datos controvertidos como datos personales por el mero hecho de que esos datos vayan ligados a otros datos que son públicos, con independencia de si su divulgación perjudica a ciertos intereses legítimos de los interesados. El examen que requiere la tramitación de una solicitud de acceso a documentos debe tener un carácter concreto. Así pues, por una parte, el mero hecho de que un documento se refiera a un interés protegido por una excepción no basta para justificar la aplicación de esta. Por otra parte, el riesgo de perjuicio al interés protegido debe ser razonablemente previsible y no puramente hipotético. Por consiguiente, el examen que debe efectuar la institución para aplicar una excepción ha de realizarse de forma concreta y deberá constar en la motivación de la decisión.

El Tribunal Supremo rechaza que las diputaciones forales indemnicen a las empresas por reintegrar subvenciones contrarias a la UE

Haciendas forales. País Vasco. Responsabilidad patrimonial de la Administración. Supuestos que dan lugar a responsabilidad. IS. Políticas comunitarias. Ayudas de Estado. Responsabilidad patrimonial de las Haciendas Forales como consecuencia de la obligación de devolución impuesta por la Comisión Europea de los créditos fiscales asociados a las vacaciones fiscales vascas. Es correcto el criterio de la Sala de instancia conforme al cual el principio de confianza legítima y el de buena fe, como principios generales de actuación de las Administraciones públicas, no han resultado vulnerados por la actuación de la Diputación Foral tendente a la recuperación de los incentivos fiscales indebidamente concedidos por la misma, y, en consecuencia, tal actuación no puede servir de fundamento para la exigencia de la responsabilidad patrimonial pretendida.

Inviolabilidad del domicilio social de una empresa y la autorización judicial

Inviolabilidad del domicilio social de una empresa y la autorización judicial

Entrada y registro de sociedades. Inviolabilidad del domicilio social. Autorización judicial. Autorización de la empresa. Derechos fundamentales de las personas jurídicas. Defensa de la competencia. La Autoridad de competencia consideró procedente solicitar la autorización judicial de entrada domiciliaria de la empresa sin haber intentado previamente obtener el consentimiento voluntario de la empresa afectada. Ya Tal forma de proceder no puede tenerse por contraria a Derecho. Ahora bien, una vez que el Juzgado denegó tal autorización por considerar que no había quedado suficientemente justificada la razón de la solicitud, era una exigencia de buena fe no ocultar ese dato a la empresa y no proceder como si nunca se hubiera pedido autorización judicial y nunca se hubiera denegado dicha solicitud. Las partes afectadas, Autoridad inspeccionante y empresa inspeccionada, deben proceder conforme a pautas de lealtad, buena fe y transparencia, y si puede exigirse a la empresa que facilite la labor inspectora y no se oponga infundadamente a ella, puede requerirse a la Administración que no oculte intencionadamente hechos, datos o circunstancias que de haber sido conocidos por la empresa inspeccionada muy probablemente habrían desembocado en la oposición a la entrada voluntaria pretendida.

Suspensión de la ejecución hipotecaria y prácticas desleales del banco

Contrato de préstamo hipotecario. Consumidores y usuarios.  Cláusulas abusivas.  Ejecución hipotecaria. El artículo 11 de la Directiva 2005/29/CE relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que prohíbe al juez del procedimiento de ejecución hipotecaria controlar, de oficio o a instancia de parte, la validez del título ejecutivo en relación con la existencia de prácticas comerciales desleales y, en cualquier caso, no permite que el juez que pudiera conocer del proceso declarativo para apreciar la existencia de esas prácticas adopte medidas cautelares, tales como la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria.

Redacción clara y comprensible de una cláusula en un contrato de préstamo denominado en divisas extranjeras

Redacción clara y comprensible de una cláusula en  un contrato de préstamo denominado en divisas extranjeras

Contrato de préstamo multidivisa. Protección de los consumidores. Cláusulas abusivas. Redacción clara y comprensible de una cláusula en  un contrato de préstamo denominado en divisas extranjeras celebrado entre un profesional y un consumidor. El concepto de «cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente» que figura en el artículo 3.1 de la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que comprende, en particular, una cláusula contractual modificada por una disposición legislativa nacional imperativa, adoptada tras la celebración de un contrato con un consumidor y que tiene por objeto suplir una cláusula viciada de nulidad contenida en dicho contrato. El ámbito de aplicación de esta Directiva no comprende cláusulas que reflejan disposiciones de Derecho nacional imperativas, insertas con posterioridad a la celebración de un contrato de préstamo con un consumidor y que tienen por objeto suplir una cláusula de tal contrato viciada de nulidad imponiendo un tipo de cambio fijado por el Banco Nacional.

Intercambio de información relevante entre empresas competidoras. Infracciones por objeto y por efecto

Defensa de la competencia. Prácticas concertadas. Intercambio de información relevante entre empresas competidoras. Reducción de la incertidumbre estratégica. Infracciones por objeto y por efecto. La jurisprudencia del TJUE ya distinguió entre las practicas que tiene un «objeto» contrario a la competencia y las que tiene un «efecto» contrario a la competencia, al hilo de la interpretación del art. actual art. 101 del TFUE, entendiendo que son condiciones no acumulativas, sino alternativas para apreciar si una práctica está comprendida dentro de la prohibición del artículo 101 TFUE. La distinción entre «infracciones por objeto» e «infracciones por efecto» reside en el hecho de que determinadas formas de colusión entre empresas pueden considerarse, por su propia naturaleza, perjudiciales para el buen funcionamiento del juego normal de la competencia.

Revocación de la declaración de zona de gran afluencia turística. Interpretación del artículo 5.4 de la Ley de Horarios Comerciales

Horarios comerciales. Revocación de la declaración de Mérida como zona de gran afluencia turística. Interpretación de interés casacional del artículo 5.4 de la Ley de Horarios Comerciales. El apartado 4 del artículo 5 de la Ley de Horarios Comerciales ha de interpretarse en el sentido de que la concurrencia de alguna de las circunstancias que se enumeran en las letras del apartado son suficientes por sí mismas para la declaración de zona de gran afluencia turística cuando lo solicite un ayuntamiento, según dispone el párrafo primero de dicho apartado. Asimismo, el precepto debe entenderse en el sentido de que una vez efectuada la declaración de un municipio o parte del mismo como zona de gran afluencia turística, dicha declaración sólo puede ser revocada en caso de que tal circunstancia desaparezca o de que así lo solicite el Ayuntamiento.

Permiso de residencia y antecedentes penales de extranjeros

Extranjería. Permiso de residencia. Antecedentes penales. Normativa comunitaria. Automatismo en la denegación. El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre una cuestión que reviste un indudable interés casacional, introduciendo una novedosa doctrina que viene a contradecir la mantenida hasta ahora por numerosos Tribunales Superiores de Justicia. No estamos refiriendo a la incidencia que sobre una solicitud de autorización de residencia de larga duración presentada por un ciudadano extranjero tiene el que éste tenga antecedentes penales no cancelados. De una manera rotunda el Alto Tribunal, tras analizar la normativa interna y comunitaria, concluye que la sola existencia de algún antecedente penal determina sin más la denegación de la solicitud de autorización de larga duración, poniendo de esta manera punto y final a aquella doctrina en virtud de la cual la concurrencia de tales antecedentes penales era un elemento a valorar en atención a la gravedad del delito, el tiempo transcurrido, la situación familiar y el arraigo del ciudadano extranjero, y que no debía suponer sin más la denegación de la concesión de tal tipología de permiso de residencia.

Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados

Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados

Responsabilidad patrimonial de la administración. Educación. Daños en instituto.  Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados con 90.000 euros. Se fracturó el fémur en el gimnasio de su Instituto de Educación Secundaria (IES) cuando se disponía a saltar el aparato denominado potro sin supervisión adulta y un compañero se interpuso en su camino. La administración alego que se produjo “cuando la profesora intentaba mantener el orden, sin que se hubiese encomendado a los alumnos la relación de actividades físicas o deportivas, habiéndose producido el accidente burlando la vigilancia de la profesora mientras ésta reprendía a otros alumnos por saltar en las colchonetas, siendo un hecho imprevisto e imposible de evitar; si bien, esta Sala considera que la administración educativa no puede eludir su responsabilidad y los alumnos estaban en el gimnasio de la escuela utilizando los aparatos, entre ellos, el potro, que normalmente, es notorio exige colocar una colchonetas alrededor para amortiguar las caídas donde los profesores “tenían que representarse los peligros inherentes a dejar a su albedrío a adolescentes en un gimnasio.

Concesión de subvenciones para comedores escolares sin el requisito de empadronamiento

Concesión de subvenciones para comedores escolares sin el requisito de empadronamiento

Educación. Becas para comedores escolares. Vulneración del  principio de igualdad. La resolución el magistrado reconoce el derecho de los reclamantes "a que su solicitud de ayuda de comedor escolar sea admitida y tramitada recibiendo, en caso de cumplir el resto de requisitos, la subvención que proceda". Si el objetivo de las ayudas es garantizar el acceso de todos los niños a los comedores escolares de los colegios del municipio, no tiene sentido hacer diferenciaciones entre los que están empadronados y los que no, e incluso dejar fuera de la convocatoria a los menores que tengan una situación económica peor a la del resto. La sentencia estima las pretensiones de los padres de un menor empadronado en Lugo de Llanera, donde reside la familia, y que acude a clase a un centro de Oviedo, donde trabaja uno de sus progenitores. Toma en consideración la "realidad social" de la región, en la que no es "infrecuente" que para conciliar la vida laboral y familiar los niños acudan a centros escolares que no les corresponden atendiendo a su lugar de residencia, sino a otro más próximo al trabajo de sus padres.

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