Retirada de símbolos y rótulos de carácter antidemocrático que todavía perviven en locales públicos
Enviado por Editorial el Vie, 15/02/2019 - 07:54Acto administrativo. Ley de Memoria Histórica. Estimado el recurso interpuesto por un particular y revocando la sentencia de primera instancia, ha ordenado retirar del ayuntamiento de una localidad pacense el escudo preconstitucional y una placa conmemorativa. Anula el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, por no ser ajustado a derecho y concede un plazo máximo de tres meses para retirar de su fachada el escudo y la placa. Asimismo, condena a la entidad al pago de las costas de la primea instancia.
La fundamentación jurídica se basa en la aplicación de la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España y considera que, al igual que se han cambiado las banderas y los escudos en los impresos, sellos y documentos oficiales, debería haberse cambiado el escudo de la fachada, siendo el plazo de tres años contemplado en la norma, un plazo suficiente para haber adoptado las medidas necesarias para su sustitución, sin que, en el supuesto analizado, a pesar del prolongado período de tiempo transcurrido, la Corporación Local haya procedido a la sustitución del escudo.