Responsabilidad de las asociaciones por conductas o recomendaciones contrarias a la defensa de la competencia
Enviado por Editorial el Jue, 15/11/2018 - 10:41Defensa de la Competencia. Derecho constitucional de asociación. Practica colusoria. Recomendación colectiva de una asociación a sus asociados. Proporcionalidad e la multa. La entidad sancionada es una asociación de transportistas autónomos, lo que permite sostener a dicha asociación que no se trata de una empresa o un operador en sector del transporte portuario sino una asociación legalmente constituida para la defensa de los intereses profesionales de los trabajadores del transporte, según consta en sus Estatutos, y actúa amparada por el derecho de asociación. Pero sobre la controversia de cuál ha de ser el encaje de las "asociaciones" en el ámbito de las leyes de defensa de la competencia, se señala que tanto los empresarios autónomos individuales como las asociaciones que estos constituyan están sujetos a las normas de defensa de su competencia, y sus conductas pueden ser enjuiciadas al amparo de dicha normativa.