Jurisprudencia de Derecho Administrativo

Jurisprudencia más novedosa de derecho administrativo.

El Supremo aprecia interés casacional objetivo para enjuiciar los criterios de evaluación de las publicaciones académicas en materias jurídicas

Educación. Evaluación de tramo de investigación por la CNEAI. Actos discrecionales de naturaleza técnica. Motivación. Publicación en revistas y editoriales de reconocido prestigio. Interés casacional objetivo.

Reviste interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia la correcta interpretación del apartado 3 del «Campo 9. Derecho y jurisprudencia», de la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación y, en particular, si el indicio de calidad que supone la publicación de trabajos en revistas de reconocido prestigio, exige su apreciación positiva automática en cuanto a la obtención de la puntuación mínima para superar la evaluación.

Condena al Estado a indemnizar con 182.000 euros a la familia del periodista muerto en Bagdag en el hotel Palestina

Responsabilidad patrimonial del Estado. Omisión de protección diplomática.

Estimado el recurso interpuesto por la esposa del cámara de TV contra la desestimación por silencio de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración a causa de la omisión de protección diplomática en relación con el fallecimiento de su esposo durante la toma de Bagdad en 2003. La Sala reconoce una indemnización en favor de la viuda de casi 100.00 euros y de más de 41.000 para cada uno de sus dos hijos menores cuando ocurrieron los hechos.

Reclamación autónoma de los intereses de demora derivados del retraso en el pago de las certificaciones de obra

Contratos administrativos. Medida cautelar. Reclamación de principal e intereses. Abono de los intereses de demora derivados del retraso en el pago de las certificaciones.

El procedimiento para hacer efectivas las deudas de las Administraciones Públicas contenido en el art 199 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector público, faculta al contratista/acreedor para que, transcurridos los plazos de pago impuestos a la Administración (actualmente 30 días), pueden reclamar por escrito el pago y, transcurrido un mes sin verificarse, entienda reconocido el vencimiento del plazo de pago y pueda formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, pudiendo solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda y, en su caso, de los intereses de demora. Resulta razonable interpretar que el precepto pretende alcanzar la indemnidad total del acreedor lo que, obviamente, solo puede ser alcanzado si comprende principal e intereses.

Cuotas colegiales distintas para colegiados individuales y sociedades profesionales. Inexistencia de condiciones desiguales y discriminatorias por no ser válido el término de comparación

Administración corporativa. Cuotas colegiales distintas para colegiados individuales y sociedades profesionales. Condiciones desiguales para el ejercicio de la actividad. Resolución sancionadora de la CNMC.

No puede estimarse que en este caso el Colegio Profesional sancionado haya aplicado condiciones desiguales y discriminatorias en los procedimientos de incorporación de las sociedades profesionales al Colegio, porque el trato discriminatorio se afirma con referencia a la inscripción de los colegiados individuales, que no puede considerarse un término válido de comparación. El TJUE viene considerando que no es necesario examinar los efectos de una práctica concertada cuando quede acreditado su objeto contrarío a la competencia y, a sensu contrario, cuando no pueda considerarse que los acuerdos tengan por objeto, por su propia naturaleza, restringir la competencia, entonces debe examinarse si tales acuerdos producen el efecto de restringir la competencia. La distinción entre «infracciones por objeto» e «infracciones por efecto» reside en el hecho de que determinadas formas de colusión entre empresas pueden considerarse, por su propia naturaleza, perjudiciales para el buen funcionamiento del juego normal de la competencia.

Las consecuencias de la STC 85/2019. Responsabilidad patrimonial por absoluciones tras sufrir prisión provisional

Recurso de amparo. Especial trascendencia constitucional. Responsabilidad patrimonial del Estado por sufrir prisión provisional y ser posteriormente absuelto. Derecho a la libertad, a la igualdad y a la presunción de inocencia. Agotamiento de la vía judicial.

El Tribunal Constitucional aprecia especial trascendencia constitucional porque el recurso se refiere a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre la que no hay doctrina, como es la eficacia del derecho a la presunción de inocencia en los procedimientos administrativos y contencioso-administrativos seguidos por responsabilidad patrimonial del Estado por prisión preventiva según la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Asimismo, el recurso da ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexión interna, en relación con el fundamento constitucional de la indemnización por prisión preventiva.

Se avala los resúmenes de 90" por partido de futbol en informativos de carácter general

Derechos fundamentales. Derecho a la información. Libertad de empresa. Resúmenes deportivos. Futbol.

Conflicto Audiovisual, entre Mediaset España Comunicación y la Liga Nacional de Futbol Profesional. Equilibrio entre el Derecho a la información, y los Derechos a la propiedad y a la libertad de empresa. Se avala la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre los resúmenes de los partidos de La Liga de futbol.

Solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social

Extranjería. Residencia temporal. Arraigo social. Requisitos.

No se estima acertada la interpretación que se postula en el escrito de interposición del presente recurso de casación, de estimar que es suficiente con la mera aportación del documento para estimar acreditadas las condiciones que se imponen para la concesión del permiso por residencia por circunstancias excepcionales por arraigo, en contraposición con lo exigido en el artículo 66 del Reglamento para el permiso de trabajo. Deben "interpretarse los artículos 64.3º.e ) y 124.2º.b) del Reglamento de la Ley de Extranjería en el sentido de que, conforme al segundo de los mencionados preceptos y con exclusión de aquel primero, es suficiente para la solicitud de permiso temporal de residencia por razones de arraigo la aportación por el interesado de "un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud para un periodo que no sea inferior a un año", sin mayores requisitos; pero que ello no impide que la Administración, en la tramitación del procedimiento, pueda examinar la falta de viabilidad de la actividad empresarial en que se inserta el mencionado contrato.

Cese del Vicepresidente y los Consejeros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña y del personal eventual adscrito, ex 155 CE

Personal al servicio de las AAPP. RD 943/2017. Cese del Vicepresidente y los Consejeros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña y del personal eventual adscrito, ex 155 CE.

No estamos ante una actividad llevada a cabo en sustitución del Presidente, Vicepresidente y Consejeros sino frente a la consecuencia, inmediata y automática, del cese de estos últimos que dispone el propio Consejo de Ministros conforme a la legislación catalana, con la única salvedad de que, en vez de publicarse en el DOGC, se publicó en el BOE, ya que se estaba aplicando el remedio extraordinario previsto por el artículo 155 CE. Si tal legislación catalana, en consonancia con lo establecido en el TREBEP, prevé el cese automático del personal eventual cuando cesa la autoridad o cargo que les nombró o al que asiste, es porque se trata de personal de asesoramiento y confianza de esa autoridad o cargo y sólo a esa circunstancia debe su nombramiento.

Inconstitucionalidad mediata de la transformación urbanística de los terrenos pertenecientes a la red Natura 2000 en Extremadura

Urbanismo. Suelo no urbanizable. Protección ambiental. Transformación urbanística de los terrenos pertenecientes a la red Natura 2000. Inconstitucionalidad mediata.

Para que se produzca el vicio de inconstitucionalidad mediata o indirecta, es decir, el derivado, no de las prescripciones establecidas en la Constitución, sino de los preceptos aprobados por el Estado en su aplicación, será necesario, primero, que la norma estatal vulnerada por la ley autonómica sea, en el doble sentido material y formal, una norma básica y, por tanto, dictada legítimamente al amparo del correspondiente título competencial que la Constitución haya reservado al Estado; y, segundo, que la contradicción entre las normas estatal y autonómica sea efectiva e insalvable por vía interpretativa. La red ecológica europea Natura 2000 es un sistema coherente de protección compuesto por los lugares de importancia comunitaria, hasta su transformación en zonas especiales de conservación, y las zonas de especial protección para las aves. A partir del momento en que, a instancia de las administraciones competentes (con carácter general, las comunidades autónomas en los espacios terrestres y el Estado en los espacios marinos), un espacio queda incluido en la Red Natura 2000, la Ley 42/2007 impone que su gestión se guíe por la adopción de las medidas de conservación necesarias y apropiadas.

La inmunidad parlamentaria de Junqueras la tenía desde que fue oficialmente proclamado electo al Parlamento Europeo aun encontrándose en prisión provisional

Cuestión prejudicial. Concepto de “miembro del Parlamento Europeo. Prisión preventiva. Privilegios e inmunidades de la Unión Europea. Inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento Europeo. Solicitud de suspensión de la inmunidad.

Ciudadano de la Unión Europea que resulta electo al Parlamento Europeo cuando se encuentra en situación de prisión provisional en el marco de un proceso penal y verificación de las credenciales de los diputados al Parlamento Europeo tras la proclamación oficial de los resultados electorales. Los miembros de la institución de la Unión que constituye el Parlamento Europeo son elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, para un mandato de cinco años y de esta disposición resulta que la condición de miembro del Parlamento Europeo se deriva del hecho de ser elegido por sufragio.

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