Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Supremo anula la localización permanente de deportistas para realizar controles antidopaje

El alto tribunal destaca que no está en cuestión la represión del dopaje, sino el nivel de localización que la citada Resolución del CSD exige a los deportistas, que no puede calificarse de ‘localización habitual’ sino ‘localización permanente’, ya que alcanza a todos los días y horas del año, lo que resulta desproporcionado

La Sala III del Tribunal Supremo en su sentencia de 28 de julio de 2016, ha ratificado la anulación parcial de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de 4 de febrero de 2013, al considerar que el formulario de localización de deportistas que establece, dentro del Plan Individualizado de Controles Antidopaje, vulnera su derecho a la intimidad. El alto tribunal destaca que no está en cuestión la represión del dopaje, sino el nivel de localización que la citada Resolución del CSD exige a los deportistas, que no puede calificarse de ‘localización habitual’ sino ‘localización permanente’, ya que alcanza a todos los días y horas del año, lo que resulta desproporcionado.

La Audiencia Provincial de Oviedo ordenó en marzo la entrega inmediata a la madre biológica del menor asturiano en situación de pre adopción en Valencia

En su sentencia, la Sección Cuarta recogía expresamente que la presentación de posibles recursos no debía suspender la eficacia de esa medida

La sentencia de 10 de marzo de 2016, relacionada con el caso del menor asturiano en situación de pre adopción en la Comunidad Valenciana, en su fundamento jurídico quinto, recogía expresamente que la entrega del menor a su madre biológica debía producirse "de forma inmediata sin que la posible interposición de recursos suspenda la eficacia de esta medida".

Responsabilidad de un administrador de comercio por su red wi-fi y las infracciones contra la propiedad intelectual

El administrador de un comercio que ofrece gratuitamente al público una red Wi-Fi no es responsable de las infracciones de los derechos de autor cometidas por un usuario.  No obstante, dicho administrador puede ser obligado a proteger su red mediante una contraseña para poner fin a esas infracciones o prevenirlas.

El Sr. Tobias Mc Fadden es el administrador de un comercio de equipos de iluminación y sonido, en el que ofrece gratuitamente al público una red Wi-Fi con el fin de llamar la atención de potenciales clientes sobre sus bienes y servicios. En 2010, una obra musical de cuyos derechos de autor es titular Sony fue propuesta ilícitamente al público para su descarga a través de esa red. El Landgericht München I (Tribunal Regional Civil y Penal de Múnich I, Alemania), que conoce de un litigio entre Sony y el Sr. Mc Fadden, estima que éste no ha vulnerado personalmente los derechos de autor de que se trata. No obstante, se plantea la posibilidad de considerar al Sr. Mc Fadden indirectamente responsable de esta vulneración porque su red Wi-Fi no estaba protegida. No obstante, al albergar dudas acerca de si la Directiva sobre el comercio electrónico1 se opone a esa responsabilidad indirecta, el Landgericht ha planteado una serie de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia.

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de septiembre de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de septiembre de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de septiembre de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de septiembre de 2016)

El Tribunal Supremo investigará a la senadora Rita Barberá por blanqueo de capitales

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado el 13 de septiembre, abrir una causa a la exalcaldesa de Valencia y senadora del Partido Popular Rita Barberá por un presunto delito de blanqueo de capitales. Además, ha designado instructor, conforme al turno establecido, al magistrado de la Sala Cándido Conde-Pumpido Tourón.

La investigación deriva de la exposición razonada elevada al Supremo el pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, describiendo indicios contra la aforada Rita Barberá en un presunto blanqueo de capitales en el Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia cuando ella era alcaldesa. La Fiscalía apoyó, en informe del pasado 27 de julio, la apertura de la investigación y la designación de instructor.

El Supremo anula la absolución de tres responsables de una asociación de cannabis de Barcelona con 2.300 socios

La sentencia de la Sala II –que incluye un voto particular- estima que su conducta encaja en un delito contra la salud pública por promocionar el consumo de drogas.

El Tribunal Supremo en su sentencia de 7 de septiembre de 2016, ha anulado la absolución de los tres responsables de una asociación de distribución de cannabis de Barcelona con 2.300 socios al estimar que su conducta encaja en un delito contra la salud pública por promocionar el consumo de drogas, y no ser uno de los supuestos de consumo compartido que no es punible penalmente.

Insertar un hipervínculo que remite a obras protegidas publicadas sin autorización del autor en otro sitio de Internet, no es comunicación al público si no hay ánimo de lucro

La colocación de un hipervínculo en un sitio de Internet que remite a obras protegidas por los derechos de autor y publicadas sin la autorización del autor en otro sitio de Internet no constituye una «comunicación al público» cuando la persona que coloca tal vínculo actúa sin ánimo de lucro y sin conocer la ilegalidad de la publicación de esas obras. En cambio, si tales hipervínculos se proporcionan con ánimo de lucro, debe presumirse que se conoce el carácter ilegal de la publicación en el otro sitio de Internet

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