El Supremo anula la localización permanente de deportistas para realizar controles antidopaje
Enviado por Editorial el Vie, 23/09/2016 - 14:14El alto tribunal destaca que no está en cuestión la represión del dopaje, sino el nivel de localización que la citada Resolución del CSD exige a los deportistas, que no puede calificarse de ‘localización habitual’ sino ‘localización permanente’, ya que alcanza a todos los días y horas del año, lo que resulta desproporcionado
La Sala III del Tribunal Supremo en su sentencia de 28 de julio de 2016, ha ratificado la anulación parcial de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, de 4 de febrero de 2013, al considerar que el formulario de localización de deportistas que establece, dentro del Plan Individualizado de Controles Antidopaje, vulnera su derecho a la intimidad. El alto tribunal destaca que no está en cuestión la represión del dopaje, sino el nivel de localización que la citada Resolución del CSD exige a los deportistas, que no puede calificarse de ‘localización habitual’ sino ‘localización permanente’, ya que alcanza a todos los días y horas del año, lo que resulta desproporcionado.