Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de octubre de 2016) 

La Audiencia de Balears condena a cinco jóvenes por interrumpir con su protesta una misa en la iglesia de Sant Miquel

La sentencia les considera autores de un delito contra la libertad religiosa y les condena a un año de prisión a cada uno

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a cinco jóvenes por interrumpir con una protesta, en febrero de 2014, una celebración religiosa en la iglesia de Sant Miquel de Palma. Les considera autores responsables de un delito contra la libertad religiosa, imponiéndoles una pena de un año de prisión a cada uno de ellos, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

El instructor del caso 9-N en el TSJ de Cataluña abre juicio oral a Mas, Rigau y Ortega

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que instruye el caso abierto en relación con la consulta del 9-N de 2014 ha ordenado hoy la apertura de juicio oral al expresidente de la Generalitat de Catalunya Artur Mas, a la exconsellera d’Ensenyament Irene Rigau y a la ex vicepresidenta del Govern catalán Joana Ortega.

El instructor considera que los hechos pueden ser constitutivos, indiciariamente, de los delitos de desobediencia grave cometido por autoridad pública y de prevaricación administrativa, y señala como órgano competente para el enjuiciamiento de los mismos a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

La Sala de lo Contencioso del TSJ tramita el primer recurso al Supremo por interés casacional en Cantabria

Pide al Supremo que interprete la ley que exige garantías antes de demoler de acuerdo al nuevo procedimiento, vigente desde julio de este año.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dictado un auto por el que tiene por preparado el primer recurso ante el Tribunal Supremo por interés casacional que se ha planteado en la región.

La nueva regulación de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa prevé que en los casos en los que pueda existir un interés objetivo en que el Supremo se pronuncie para formar jurisprudencia, las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia tramitarán el recurso contra sus resoluciones.

El Derecho de la Unión se aplica a los procedimientos de nulidad matrimonial iniciados por terceros con posterioridad al fallecimiento de uno de los cónyuges

Sin embargo, la persona distinta a los cónyuges que inicie tal procedimiento sólo podrá basarse en algunos de los criterios de competencia establecidos en dicho Derecho.

En 2012, la Sra. Edyta Mikołajczyk presentó ante un tribunal polaco una demanda de nulidad del matrimonio contraído en 1956 en París (Francia) entre el Sr. Stefan Czarnecki (fallecido el 3 de marzo de 1971) y la Sra. Marie Louise Czarnecka. En dicha demanda, la Sra. Mikołajczyk señalaba que era la heredera testamentaria de la Sra. Zdzisława Czarnecka, primera esposa del Sr. Czarnecki, fallecida el 15 de junio de 1999. Según la Sra. Mikołajczyk, el matrimonio entre el Sr. Czarnecki y la Sra. Zdzisława Czarnecka, celebrado el 13 de julio de 1937 en Poznań (Polonia), aún existía en el momento en que el Sr. Czarnecki y la Sra. Marie Louise Czarnecka contrajeron matrimonio, por lo que este último matrimonio constituía una relación bígama y, por ende, debía ser anulado. La Sra. Marie Louise Czarnecka, por su parte, solicitó que se declarara la inadmisibilidad de la demanda de nulidad matrimonial debido a la falta de competencia de los órganos jurisdiccionales polacos. Según ella, la demanda debía haberse presentado ante un órgano jurisdiccional francés.

El adquirente inicial de la copia de un programa de ordenador con licencia de uso ilimitado tiene derecho a revender esta copia usada y su licencia a un subadquirente

En cambio, cuando el soporte físico de origen de la copia que entregada inicialmente está dañado o destruido o se ha extraviado, no puede proporcionar al subadquirente su copia de salvaguardia del programa sin autorización del titular de los derechos de autor.

En Letonia, se imputan a los Sres. Ranks y Vasiļevičs, en particular, los delitos de venta ilegal mediante asociación ilícita de objetos protegidos por derechos de autor y de uso ilegal intencionado de una marca de un tercero. En efecto, en 2004 vendieron en un mercado electrónico copias de salvaguardia de distintos programas de ordenador editados por Microsoft Corp. y protegidos por derechos de autor (concretamente, versiones del software de Microsoft Windows y del paquete informático Microsoft Office). El número de copias de los programas de ordenador vendidas se estima en más de 3 000, y el importe del daño patrimonial causado a Microsoft por las actividades de los Sres. Ranks y Vasiļevičs se evalúa en 265 514 euros.

La Audiencia Provincial condena a cuatro años de prisión a Miguel Ángel Flores por el Madrid Arena

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de 21 de septiembre de 2016, ha impuesto la pena máxima de cuatro años de prisión a Miguel Ángel Flores como autor penalmente responsable de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y de 29 delitos de lesiones, también por imprudencia grave, tras considerarle el máximo responsable de los hechos ocurridos en el ‘Thriller Music Park’, celebrado en la madrugada del 31 de octubre al 1 de noviembre de 2012 en el pabellón Madrid Arena.

El Supremo se pronuncia sobre la reclamación de alimentos con efectos retroactivos cuando se reconoce judicialmente la filiación paterna

Acción de reembolso entre progenitores por los gastos del hijo común asumidos en exclusiva por uno de ellos.

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en dos sentencias de las que han sido ponentes D. José Antonio Seijas Quintana y D. Fernando Pantaleón Prieto, ha resuelto los recursos de casación 3326/2015 y 2389/2014, en los se planteaba el problema jurídico relativo a si, determinada judicialmente la filiación paterna de una persona, pueden reclamarse del padre alimentos con efectos retroactivos.

En el primer caso resuelto por la Sala (3326/2015) la filiación paterna no matrimonial había sido determinada judicialmente en el año 2004 en un procedimiento instado por el hijo –nacido en 1983-, cuando ya era mayor de edad, y en el que no había reclamado alimentos. Unos años después, en 2011, la madre, que había asumido en exclusiva los gastos de manutención y educación del hijo, inició el procedimiento que ha resuelto ahora el Tribunal Supremo, reclamando del padre el reembolso de dichos gastos. La sentencia de primera instancia estimó en parte la demanda y declaró el derecho de la parte actora al reintegro de 45.000 €. Esta sentencia fue revocada por la audiencia provincial, que estimó el recurso de apelación del padre y desestimó la demanda.

En el segundo caso (2389/2014), la filiación paterna quedó determinada en 2008 en un procedimiento iniciado por la madre del menor (nacido en 2005), en el que no utilizó la posibilidad legal de acumular a la acción de filiación la acción de reclamación de alimentos. La determinación de la filiación fue firme en 2010 y, en un proceso posterior, la madre reclamó una pensión de alimentos para el menor, que se estableció con efectos desde la presentación de esa segunda demanda. Ya en el año 2013, la madre inició un tercer procedimiento contra el padre en reclamación del 80% de las cantidades empleadas en la atención del menor desde su nacimiento hasta la fecha en que se había establecido la pensión. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial desestimaron la demanda.

El TS reconoce el derecho de una abuela a visitar a dos nietas a quienes no veía tras denunciar a su yerno por supuestos abusos sexuales

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una abuela a visitar a sus dos nietas pese a la oposición de su hija y de su yerno, a quien había denunciado por supuestos abusos sexuales a las menores.

La abuela presentó una demanda contra su hija en la que reclamaba que se le reconociera el derecho a visitar a sus nietos -dos niñas y un niño-, a quienes dejó de ver tras la ruptura de las relaciones familiares debido a la denuncia que presentó contra su yerno, y padre de las niñas, por abusar sexualmente de ellas; denuncia que fue archivada.

El Tribunal Supremo confirma la condena a una revista del corazón a indemnizar a Penélope Cruz por vulnerar su derecho a la propia imagen

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a una revista del corazón a pagar 15.000 euros a la actriz Penélope Cruz por vulnerar su derecho a la intimidad personal y a la propia imagen al publicar, sin su consentimiento y en la terraza de un recinto privado, unas fotografías suyas leyendo en una tumbona al lado de su pareja.

La sentencia de 14 de septiembre de 2016, indica que lo relevante en este caso es que la actriz no dio permiso para que le hicieran las fotos ni para su posterior publicación, el 15 de mayo de 2009, y que “no es posible exigir un aislamiento espacial extraordinariamente gravoso de estas personas para poder disfrutar de la privacidad a la que también tienen derecho ante el acoso de determinados medios de comunicación”.

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