La UE no se opone al aumento del capital de un banco sin acuerdo de la junta general en una situación de grave del sistema financiero de un Estado miembro
Enviado por Editorial el Mar, 08/11/2016 - 14:37No puede considerarse que los intereses de los accionistas y de los acreedores prevalezcan en todo caso sobre el interés público de la estabilidad del sistema financiero.
La crisis económica a la que Irlanda se vio confrontada durante el año 2008 tuvo graves repercusiones tanto sobre la estabilidad financiera de los bancos irlandeses como sobre la de este Estado miembro. En diciembre de 2010, Irlanda y la Comisión concluyeron un acuerdo para un programa de ajuste económico y financiero. Mediante Decisión de Ejecución de 7 de diciembre de 20101, la Unión puso a disposición de Irlanda una ayuda financiera, en contrapartida de la cual este Estado miembro se comprometió a reestructurar y recapitalizar el sector bancario para el 31 de julio de 2011 como más tarde.