Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Se condena a la UE a abonar 50000 euros como indemnización de daños y perjuicios a causa de la duración excesiva de un procedimiento ante el Tribunal General

La excesiva duración del procedimiento causó a la vez un perjuicio material (el pago de los gastos de la garantía bancaria) y un perjuicio moral (la situación de incertidumbre en que se encontraron ambas sociedades).

Las sociedades Gascogne Sack Deutschland (antes Sachsa Verpackung) y Gascogne (antes Groupe Gascogne) presentaron el 23 de febrero de 2006 ante el Tribunal General de la Unión Europea unos recursos en los que solicitaban que se anulara la Decisión de la Comisión en un asunto relativo a un cártel en el mercado de los sacos industriales.1 El Tribunal General desestimó esos recursos en dos sentencias de 16 de noviembre de 2011.2 Ambas sociedades recurrieron en casación ante el Tribunal de Justicia, que en dos sentencias de 26 de noviembre de 20133 confirmó las sentencias del Tribunal General y, por tanto, las multas de 13,2 millones de euros en total impuestas a las dos sociedades. El Tribunal de Justicia indicó, no obstante, que estas sociedades podían interponer recursos de indemnización solicitando la reparación de los perjuicios que hubieran podido sufrir como consecuencia de la excesiva duración del procedimiento ante el Tribunal General.

El Tribunal Supremo anula la multa a Iberdrola por facturar teniendo en cuenta el consumo estimado de luz

La Sala de lo Contencioso revoca la sentencia del TSJ de Madrid que había confirmado la multa y señala que “la razón última de la sanción impuesta es, cuando menos, inexacta”

La Sala III del Tribunal Supremo,  en su sentencia de 14 de diciembre de 2016, ha anulado una multa de 600.000 euros impuesta en diciembre de 2011 por la Comunidad de Madrid a “Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.”, por facturar a los usuarios por estimación del consumo de energía eléctrica realizado, lo que entendía que eran servicios no prestados de forma efectiva.

El Supremo estima el recurso de Iberdrola y revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había confirmado la multa. El alto tribunal recuerda que el Real Decreto 1578/2008 establece en su disposición adicional séptima que “la facturación de las tarifas de suministro de energía eléctrica social y domésticas (hasta 10kW de potencia contratada) a partir del 1 de noviembre de 2008 se efectuará por la empresa distribuidora mensualmente llevándose a cabo con base en lectura bimestral de los equipos de medida instalados al efecto”.

El Tribunal Supremo rechaza el recurso de la Iglesia Evangélica para tener casilla en el IRPF

La Sala III del Tribunal Supremo ha establecido que la negativa de Hacienda a disponer una casilla en la declaración del IRPF para que los contribuyentes puedan destinar el 0,7 por ciento de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante no vulnera derechos fundamentales de dicha Iglesia.

La Sala III, en su sentencia de 14 de diciembre de 2016, rechaza el recurso sobre protección de derechos fundamentales presentado por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEDERE) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, a su vez, desestimó su demanda contra la resolución del Ministerio de Hacienda, de 25 de enero de 2015, que rechazó la petición de esa Iglesia de contar con una casilla reservada para los contribuyentes que lo deseen en el modelo de declaración del IRPF, como ocurre con la Iglesia Católica.

La cláusula que traspasa todos los gastos de constitución de una hipoteca al cliente es inválida

La cláusula que traspasa todos los gastos de constitución de una hipoteca al cliente es inválida.

Aparecida en prensa una noticia que puede ser otro varapalo para los bancos, en relación a la constitución de hipotecas vinculadas a la compra de viviendas, ya que las entidades de crédito, suelen incluir una cláusula parecida a esta:

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de diciembre 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de diciembre de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de diciembre de 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de diciembre de 2016)

El magistrado del Tribunal Supremo que lleva la causa contra Francesc Homs por el 9-N da por finalizada la fase de instrucción

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Andrés Palomo del Arco, instructor de la causa seguida por delitos de prevaricación y desobediencia contra el actual diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat de Catalunya Francesc Homs i Molist en relación a la consulta del 9-N de 2014, ha dictado el auto de 29 de diciembre, de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, con lo que pone fin a la instrucción y da un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación, o bien el sobreseimiento de las actuaciones, o, excepcionalmente, alguna diligencia complementaria.

Dictadas las primeras sentencias tras la resolución de Luxemburgo sobre las cláusulas suelo

Los Juzgados de Primera Instancia número 10 de Barcelona y de Oviedo dictan sendas sentencias aplicando la nulidad de dichas cláusulas y obligando a la entidad bancaria a devolver la totalidad de lo percibido en su virtud

Centrándonos en la sentencia que se encuentra disponible, la magistrada titular del Juzgado del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo, Carolina Serrano, ha dictado la primera sentencia de Asturias desde que se tuvo conocimientode la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la nulidad de las cláusulas suelo bancarias–la fecha de la sentencia del juzgado es del mismo día, el 21 de diciembre-.

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