El Tribunal Supremo resuelve sobre la nulidad de una cláusula incorporada a un préstamo con garantía hipotecaria, en la que se convino la posibilidad de acudir a la venta extrajudicial
Enviado por Editorial el Vie, 22/07/2016 - 11:13Presentada la demanda ya pendiente el procedimiento de ejecución, el interés en pedir dicha nulidad solo se justifica porque vaya a impedir o hubiera impedido impugnar y en su caso suspender la ejecución, por la existencia de cláusulas abusivas que no sean solo la que permite la venta extrajudicial. Pero como por el demandante no se mencionaron dichas otras cláusulas abusivas, debe rechazarse la apreciación de que haya existido una abusividad real.
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de 14 de julio de 2016, de la que ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo, en un asunto en el que se suscitaba controversia con respecto a la nulidad por abusiva de una cláusula contractual contenida en contrato de préstamo con garantía hipotecaria, que posibilitaba la venta extrajudicial.