Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal Supremo dice que participar en un ‘reality’ no implica la pérdida del derecho al honor y la propia imagen

La Sala Primera condena a Mediaset a indemnizar a una exconcursante de Gran Hermano por las referencias a su persona una vez había abandonado el concurso

La Sala Primera del Tribunal Supremo, en sentencia de 1 de julio de 2016, ha condenado a Mediaset a indemnizar con 30.000 euros a una exconcursante de Gran Hermano por intromisión ilegítima en sus derechos al honor y a la propia imagen por las referencias realizadas a su persona tanto en programas como en la página web de Telecinco una vez que había abandonado la casa del concurso y roto su relación contractual con la productora.

El Tribunal Supremo anula un régimen de custodia compartida porque ninguno de los dos progenitores lo solicitó

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha anulado en su sentencia de 15 de junio de 2016, el régimen de custodia compartida de una menor concedido a su padre y su madre porque ninguno de los dos lo solicitó. El alto tribunal ordena a la Audiencia Provincial de Vizcaya, que dictó la sentencia estableciendo la custodia compartida, que pronuncie nueva sentencia en los “estrictos términos” en que se planteó el debate (cada progenitor reclamaba para sí la custodia de la hija) “que no incluía decidir sobre la guarda y custodia compartida”.

El Juzgado de Bilbao que resolvió en primera instancia el caso concedió la custodia al padre, quien al inicio de la vista desistió de la petición subsidiaria de custodia compartida proponiendo únicamente la custodia paterna. La madre reclamaba que se le concediese la custodia a ella.

El TC declara inconstitucionales varias disposiciones de la Ley Catalana de Medidas Fiscales, Financieras y Administrativas por invadir competencias del Estado

El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Gobierno contra varios preceptos y disposiciones de la Ley de Cataluña 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas. El Tribunal declara la inconstitucionalidad de los preceptos y disposiciones impugnados, a excepción de los relativos a la creación de una Agencia Catalana de Protección Social y a la elaboración de un inventario del patrimonio de las administraciones públicas de Cataluña, respecto de los que establece una interpretación conforme con la Constitución. Ha sido ponente de la sentencia el Magistrado Santiago Martínez-Vares.

El TS confirma que una madre no tiene legitimidad para plantear una demanda de paternidad en nombre de su hija si hay conflicto de interés entre ambas

La sentencia advierte de los riesgos que puede causar la colisión entre el derecho de los progenitores y el de los hijos cuando este tipo de acciones irrumpe en una realidad familiar ya asentada

La sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2016, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Baena Ruiz, considera que la madre de una menor de edad no está legitimada para ejercitar en nombre de su hija la acción de reclamación de la filiación extramatrimonial, a la que vinculó la acción de impugnación de la filiación matrimonial, por existir conflicto entre el interés de la progenitora y el superior interés de la menor.

El Tribunal General de la UE otorga protección a las marcas de McDonald’s

Según el Tribunal General de la UE, la notoriedad de las marcas de McDonald’s permite impedir el registro, en relación con los productos alimenticios o las bebidas, de marcas que combinan el prefijo «Mac» o «Mc» con el nombre de un producto alimenticio o de una bebida

En 2008, la sociedad Future Enterprises, de Singapur, solicitó el registro de la marca de la Unión MACCOFFEE en relación con productos alimenticios y bebidas, lo que la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, anteriormente OAMI) aceptó en 2010. La sociedad americana McDonald’s solicitó entonces la nulidad de dicha marca invocando su marca anterior de la Unión McDONALD’S y otras doce marcas de las que era titular en relación con servicios de comida rápida que incluían los elementos denominativos «Mc» o «Mac» como prefijos (concretamente, McFISH, McTOAST, McMUFFIN, McRIB, McFLURRY, CHICKEN McNUGGETS, McCHICKEN, EGG McMUFFIN, McFEAST, BIG MAC, PITAMAC y McDonald’s). En 2013, la EUIPO estimó la demanda de McDonald’s, habida cuenta de la reputación de la marca McDONALD’S en relación con los servicios de restauración y del vínculo que el público podía establecer entre las marcas controvertidas (ya que, de este modo, Future Enterprises podía obtener una ventaja desleal de la notoriedad de la marca McDONALD’S). Future Enterprises solicita al Tribunal General de la Unión Europea que anule la resolución de la EUIPO.

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 30 de junio de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 a 30 de junio de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 30 de junio de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 30 de junio de 2016)

El Supremo confirma la absolución de dos directivos de un club de cannabis de Barcelona

La Sala II aprecia en la actuación de los acusados un error de prohibición invencible derivado del informe de la Fiscalía que no se opuso a la inscripción del club en el Registro de asociaciones al no apreciar indicios de delito en sus estatutos.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado en su sentencia de 27 de junio de 2016, la absolución, dictada por la Audiencia de Barcelona, de dos directivos de un club de consumo compartido de cannabis de Barcelona, y rechaza el recurso de la Fiscalía, que pretendía que fuesen condenados por delito de tráfico de drogas o favorecimiento de su consumo ilegal, y delito de asociación ilícita. El Supremo absuelve al apreciar en la actuación de los acusados un error de prohibición invencible (creencia de que actuaban dentro de la legalidad), derivado del informe de la Fiscalía que no se opuso a la inscripción del club en el Registro de asociaciones al no apreciar indicios de delito en sus estatutos.

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