El Tribunal Supremo denuncia la restricción de derechos de las víctimas españolas por la reforma de la justicia universal
Enviado por Editorial el Jue, 28/04/2016 - 10:55En un auto de 18 de abril de 2016, relativo a la causa abierta en la Audiencia Nacional a instancias de los españoles internados en campos de concentración nazis, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha subrayado la “restricción sustancial y extrema” de los derechos de los españoles víctimas de genocidios en el extranjero provocada por la reforma del principio de justicia universal realizada por la Ley Orgánica 1/2014.
En la resolución, referida a la causa abierta en la Audiencia Nacional contra varios ex agentes de las SS por genocidio a víctimas españoles de tres campos de concentración nazi, se destaca que “la nueva regulación del principio de justicia universal con respecto a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra ha procedido a una restricción tan sustancial del derecho de los ciudadanos españoles víctimas de tales delitos en el extranjero, que excluye de forma extrema su acceso a la jurisdicción para defender sus derechos dentro del territorio español, dadas las escasísimas posibilidades de que uno de los presuntos autores resida habitualmente en España”.