Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 a 31 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de marzo de 2016)

El Supremo valida el alquiler de un local en una calle en obras

Los arrendatarios no pagaron las mensualidades mientras duraron las obras por perjudicar sus ventas

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en una sentencia cuyo ponente ha sido el Magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, ha desestimado el recurso de casación interpuesto, confirmando la sentencia de la audiencia provincial de Sevilla, que había declarado la subsistencia del contrato de arrendamiento del local de negocio suscrito entre las partes, y condenaba a los demandados, arrendatarios, a satisfacer solidariamente la cantidad de 42.214,72 euros.

En el procedimiento de juicio ordinario, la arrendadora del local de negocio pedía en su demanda que se declarase la subsistencia del contrato de arrendamiento de un local de negocio del centro de Sevilla, y se condenase a la parte demandada a continuar dando cumplimiento a las estipulaciones del contrato, y por tanto se condenase a los arrendatarios al pago de las rentas que se han devengado, y todas las que se devenguen durante la tramitación de la sentencia.

El TC establece que todas las decisiones procesales dictadas por los Letrados de la Administración de Justicia deben poder ser revisadas por un juez

El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado que la ausencia de revisión por un juez o tribunal de algunas de las decisiones que, tras la implantación de la nueva oficina judicial, recaen en exclusiva en los secretarios judiciales lesiona el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y el principio de exclusividad de la potestad jurisdiccional (art. 117.3 CE). La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Andrés Ollero y que resuelve una cuestión interna de inconstitucionalidad, declara inconstitucional y nulo el primer párrafo del art. 102 bis.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA), según el cual no cabe que el juez revise los decretos dictados por el secretario judicial para resolver los recursos de reposición planteados contra sus propias decisiones.

Cuestión de inconstitucionalidad sobre la limitación de la legitimación para solicitar el cambio en la mención registral del sexo y del nombre de transexuales menores de edad

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo reunida en Pleno ha resuelto, mediante un auto de 10 de marzo de 2016 del que ha sido ponente el magistrado Sarazá Jimena, plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 11 de la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. El Pleno de la Sala Primera alberga dudas de que ese artículo número 1, por el que se exige la mayoría de edad para solicitar el cambio en el registro, puede conculcar derechos fundamentales de los menores de edad.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de marzo de 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de marzo de 2016) 

El TS absuelve a una empresa condenada por estafa en la venta de un piso sin haber sido imputada previamente en la causa

En su segunda sentencia sobre la responsabilidad penal de las entidades jurídicas, la Sala Segunda establece que la imposición de penas a las personas exige del fiscal el mismo esfuerzo probatorio que le es requerido para justificar la procedencia de cualquier otra pena cuando ésta tenga como destinataria a una persona física

La Sala de lo Penal, en sentencia de 16 de marzo de 2016,  ha absuelto por indefensión a una empresa que fue condenada por un delito de estafa en la venta de un piso sin haber sido imputada previamente en la causa. La sentencia estima el recurso de casación interpuesto por la mercantil contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres que la condenó al pago de una multa de 24.000 euros y al cierre de la oficina desde la que operaba en Cáceres, bajo el nombre de Viprés Inmobiliaria, durante seis meses. La misma sentencia condenó al propietario de la inmobiliaria y a otra persona más a dos años de prisión por el mismo delito cometido tras cobrar una doble comisión –al comprador y al vendedor- por la operación sin que lo supieran los afectados; condena que ahora se reduce a un año de prisión.

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