Acción reivindicatoria: efectos de su desestimación sobre la posterior acción de saneamiento por evicción ejercitada por el comprador vencido
Enviado por Editorial el Mar, 01/06/2021 - 08:14Acción reivindicatoria: efectos de su desestimación sobre la posterior acción de saneamiento por evicción ejercitada por el comprador vencido. Requisitos de la acción de saneamiento por evicción.
El juzgado de primera instancia desestimó la demanda de saneamiento al considerar, en primer lugar, que sólo es posible estimar esa acción cuando la demanda que concluye por sentencia firme por la que se condena al comprador a la pérdida de la cosa adquirida se plantea por un tercero contra el comprador, no cuando se interpone por el comprador contra un tercero, como sucedió en este caso. En segundo lugar, porque la sentencia no privó al demandante de la propiedad, pues no le había sido reconocida previamente. La Audiencia no confirmó ninguno de estos argumentos pero sí su fallo.
La sala declara que ninguno de estos dos argumentos resultaba acertado. El primero, porque la jurisprudencia admite la acción de saneamiento por evicción con independencia de que la «sentencia firme» que provoque el efecto de la pérdida o privación del dominio de la cosa comprada sea el resultado de una acción promovida por un tercero, o por el propio comprador, como sucedió en este caso al haber sido previamente despojado el demandante de la posesión, acto frente al que reaccionó interponiendo una acción reivindicatoria. El segundo argumento presupone la necesidad de un reconocimiento judicial previo del dominio perdido que, por definición, es incompatible con los requisitos que para el éxito de la acción de saneamiento por evicción imponen los arts. 1.475 y 1.480 CC, y que conduciría sistemáticamente esta acción al fracaso, pues nunca podría cumplirse simultáneamente el requisito de obtener un reconocimiento judicial del dominio y la condena a su pérdida por sentencia firme, requisitos antinómicos.