Jurisprudencia de Derecho Administrativo

Jurisprudencia más novedosa de derecho administrativo.

Tipo de interés aplicable a la mora de la Administración en el pago de certificaciones de obra

Contratos de obra. Certificaciones de obra. Pago de la administración.  Mora de la Administración Tipo de interés aplicable.

En materia de intereses de mora devengados por el pago tardío de certificaciones de obra por parte de la administración, se  declaró como interés casacional si antes de la reforma operada por la disposición adicional sexta de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarias, el tipo de interés que la Administración debe abonar en los casos de demora al contratista es el pactado libremente entre las partes conforme el artículo 7.1 de la Ley 3/2004, y si el carácter abusivo de la cláusula pactada regulada en el artículo 9.1 de la Ley 3/2004 ha de ser probada para que opere la nulidad. Con anterioridad a la entrada en vigor de la antedicha modificación legal no se colige del conjunto de normas más arriba mencionadas que la Administración no pudiera pactar un interés distinto en el contrato al que se aquietó la parte.

El precinto por Hacienda de una caja de seguridad bancaria de una empresa no afecta a su derecho a la intimidad

Derecho fundamental a la intimidad. Personas jurídicas. Medida cautelar. Cajas de seguridad bancarias. Investigación del Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre el Valor Añadido.

Fruto de actuaciones inspectoras de la Dirección general de tributos, se acordó como medida cautelar el precinto de una caja de seguridad en un banco contratada por la sociedad señalando una serie de indicios que respaldaban la adopción de tal medida sin la correspondiente autorización judicial o sin el consentimiento de su titular. La entidad mercantil interpuso recurso contencioso administrativo especial para la protección del derecho fundamental a la intimidad del artículo 18.1 de la Constitución que fue desestimado y ratificada en el mismo sentido por el Supremo el recurso de la empresa.

El Constitucional se reafirma en la constitucionalidad de la tramitación del régimen jurídico aplicable al CGPJ en funciones

Impugnación de acuerdos parlamentarios adoptados en relación con la tramitación de la modificación de la LOPJ. Régimen del CGPJ en funciones. Derecho de representación política. Rechazo de la emisión de informes y de la intervención de expertos.

Constatado que el Pleno del Tribunal ya ha rechazado que las decisiones de la mesa del Congreso sobre las cuestiones planteadas hayan implicado una vulneración del derecho de representación política de los diputados, la invocación de este derecho ante esta jurisdicción de amparo debe también ser rechazada por remisión a lo ya razonado en las citadas resoluciones (SSTC 128/2023, de 2 de octubre, FJ 3, y 15/2024, de 30 de enero, FJ 3).

El Tribunal Supremo declara nula la reforma del Reglamento de Costas hecha en 2022

Nulidad de la reforma del Reglamento General de Costas efectuada por el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto. Procedimiento de elaboración de disposiciones reglamentarias. Trámite de consulta pública.

Al examinar el contenido de los artículos 26 de la Ley del Gobierno (LG) y 133 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común (LPACAP) se ha de partir de que no tienen una redacción idéntica, aunque estén referidos a un mismo trámite y en contra de lo que parecería lógico, dada la contemporaneidad de ambos preceptos. Debe partirse, pues, que el Legislador quiso establecer una distinción entre ambas normas, porque no es pensable que por la coincidencia temporal pudiera tratarse de una mera improvisación simplificadora en el artículo 26. En esa necesidad de buscar la interpretación de ambos preceptos no podemos desconocer que tienen una naturaleza, ámbito y alcance bien diferente. Así, el artículo 133 no es propiamente una norma reguladora del procedimiento de aprobación de las disposiciones generales, sino que, como se corresponde con la propia naturaleza de la Ley de 2015, aplicable a todas las Administraciones, y pudiendo alcanzar solo a las bases del régimen jurídico de estas.

Posibilidad de subsanar la falta de acuerdo corporativo para recurrir

Procedimiento contencioso administrativo. Persona y personalidad jurídica. Legitimación para recurrir. Interposición del recurso. Requisitos. Tutela judicial.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, rechazada motivadamente por el órgano judicial de primera instancia la causa de inadmisión del recurso opuesta por el demandado, relativa a la falta de legitimación de una persona jurídica por la falta de acreditación del acuerdo de la misma que decida la interposición del recurso, puede el órgano judicial de segunda instancia apreciar la concurrencia de esa misma causa de inadmisión procesal del recurso sin, en todo caso, requerir previamente a la parte demandante para que subsane el defecto procesal considerado.

Revisión de oficio tras el transcurso de un período prolongado de tiempo

Revisión de oficio. Transcurso de un período prolongado de tiempo. Impugnación de las bases de proceso selectivo.

El artículo 110 de la Ley 39/2015 prevé ciertos límites a la revisión de oficio cuando por la prescripción de las acciones, el tiempo transcurrido u otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes, lo que resultaba aplicable en el presente caso. Por tanto pretende el recurrente la revisión de oficio de la revisión de oficio.

Derecho de los padres a que la formación de los hijos sea conforme a sus creencias. Interés del menor

Vulneración del derecho a que los hijos reciban una formación acorde con las convicciones de los padres. Escolarización que no puede entenderse justificada en el interés superior de la menor.

Las resoluciones judiciales han soslayado el verdadero conflicto de derechos fundamentales de los padres y, ante el desacuerdo entre ellos, no han identificado correctamente el objeto del debate, que no era otro sino el conflicto entre los derechos fundamentales de ambos progenitores reconocido en el art. 27.3 CE, que ha quedado desplazado por una comparación entre las prestaciones ofrecidas por cada centro educativo, ni tampoco se ha acertado al identificar el interés superior de la menor, principio de necesaria observancia siempre.

La Ley del Parlamento de Andalucía 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio, es inconstitucional en algunos incisos

Inconstitucionalidad de incisos de la Ley del Parlamento de Andalucía 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio. Autonomía local. Medio ambiente. Vías pecuarias.

Se declara que el inciso «Asimismo, vinculadas a estas actuaciones, podrán autorizarse conjuntamente edificaciones destinadas a uso residencial, debiendo garantizarse la proporcionalidad y vinculación entre ambas» del art. 22.2; la palabra «mineros» del art. 137.2 f) y los apartados 1 y 2 de la disposición adicional cuarta de la Ley del Parlamento de Andalucía 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), son inconstitucionales y nulos.

Responsabilidad patrimonial derivada del impacto de la normativa COVID-19 en actividades económicas

Responsabilidad patrimonial del estado legislador. Lucro cesante. Estado de alarma. Libertad de circulación. Limitación de la libertad deambulatoria. Libertad de reunión. COVID-19. Régimen sancionador.

Responsabilidad patrimonial por daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19 y sucesivas prórrogas.

Recurso contencioso-administrativo frente a la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial de daños, como consecuencia de la aplicación de las medidas de contención que dispone el artículo 10.4 del citado Real Decreto 463/2020, en el contexto de la declaración del primer estado de alarma y sus prórrogas, en particular la suspensión de apertura al público de los establecimientos de los que es titular por la  crisis sanitaria producida por el virus SARS-COV-2.

Pago de las cuotas de urbanización por subrogación del deudor al nuevo adquiriente

Urbanismo. Ejecución. Cuotas de urbanización. Providencia de apremio. Pago en periodo voluntario. Subrogación de la cuota.

Determinar si se puede dirigir el procedimiento de apremio contra el adquirente para el pago de las cuotas de urbanización no satisfechas por el transmitente -al que se notificó la liquidación- en período voluntario, o si es necesario que al adquirente se le notifique previamente la liquidación en cuestión a efectos de su abono en período voluntario.

No se cuestiona el presupuesto de hecho, es decir, la eficacia de las mencionadas cuotas de urbanización y que las mismas debían ser abonadas por el propietario del terreno afectado por su transformación, de conformidad con el cumplimiento de los deberes que a dichos propietarios impone en la actualidad el artículo 18 del Texto Refundido de dicha Ley de 2015.

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