Jurisprudencia de Derecho Administrativo

Jurisprudencia más novedosa de derecho administrativo.

No es compatible sancionar a la misma persona por la realización de conductas tipificadas en los artículos 76.5 y 77.30 de la Ley General de Telecomunicaciones

Sanciones. Ne bis in idem. Telecomunicaciones. Concurrencia de sanciones basadas en los arts. 76.5 y 77.30 de la Ley General de Telecomunicaciones.

La cuestión de interés casacional para la formación de jurisprudencia que presenta este recurso consiste en determinar si existe un concurso de normas punitivas entre los artículos 76.5 y 77.30 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones; esto es, si imponer a la misma persona una sanción por cada una de las infracciones tipificadas en dichos preceptos supone o no castigar una sola conducta dos veces, o, precisando más, si es compatible sancionar a una misma persona por la realización de emisiones radioeléctricas no autorizadas que vulneren o perjudiquen el desarrollo o implantación de lo establecido en los Planes de utilización del dominio público radioeléctrico o en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (artículo 76.5) por considerarla autor de las emisiones radioeléctricas sin autorización, y a la vez sancionarle como responsable de poner su red a disposición de un tercero que no tiene autorización para realizar las mismas emisiones radioeléctricas por la que ha sido sancionado (artículo 77.30).

El Tribunal Constitucional reitera su doctrina sobre la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia

Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Impugnación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE). Reiteración de doctrina (STC 19/2023).

Sinonimia sentada por el legislador entre la expresión «eutanasia» y la locución «prestación de ayuda para morir».

Tramitación de la Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo (LORE) como proposición de ley de manera acelerada y por el trámite de urgencia, en un contexto de grave pandemia.

Inactividad de la administración ante el corte de suministro energético por impago

Inactividad de la administración. Obligación de resolver. Silencio administrativo. Exclusión social. Pobreza energética. Consumidor vulnerable.

La cuestión de interés casacional consiste en determinar si la falta de emisión del informe previsto en una norma autonómica, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, destinado a determinar si una unidad familiar se encuentra en situación de exclusión social, supone la concurrencia de un supuesto de inactividad administrativa del art. 29.1 LJCA o, si, por el contrario, se trata de un supuesto de silencio administrativo.

Denegación al Ayuntamiento para la celebración de una consulta popular y convertirse en comunidad autónoma

Administración municipal. Competencias. Organización territorial. Consulta popular. obligación de resolver de la administración. Silencio administrativo.

Denegación al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) una autorización para la celebración de una consulta popular para convertirse en comunidad autónoma. Desestima el recurso del Ayuntamiento de este municipio gaditano al considerar que una consulta como la pretendida no puede ampararse en el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la medida en que “incide en la organización territorial del Estado y de las Comunidades Autónomas, materia extremadamente delicada sobre la que cualquier alteración excede absolutamente de los intereses meramente locales.

El plazo establecido en el artículo 8.4 del RD 1578/2008 es de carácter procedimental

Energía fotovoltaica. Cancelación por incumplimiento de inscripciones en el registro de preasignación de instalaciones. Incautación de la garantía. Carácter del plazo del artículo 8.4 del RD 1578/2008.

La cuestión que en este asunto presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en determinar el carácter del plazo establecido en el artículo 8.4 del RD 1578/2008, si es un plazo procedimental o de caducidad, así como las consecuencias que conlleve su incumplimiento por la Administración, y si es aplicable el plazo de prescripción en 2 ó 5 años establecido en el art. 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro a una relación entre una aseguradora y la Administración, así como determinar el inicio del plazo de prescripción de la acción de reclamación, que la Sala de instancia fija en la resolución denegatoria de la alzada previa sustentada.

El Supremo rechaza revisar los votos nulos emitidos en la circunscripción de Madrid

Solicitud de nulidad del Acuerdo de Proclamación de diputados nacionales electos para el Congreso y escrutinio, mediante la revisión de su validez, de todos los votos nulos de la circunscripción de Madrid.

La controversia que se suscita en el presente recurso contencioso electoral consiste en determinar la legalidad de la actuación de la Junta Electoral Provincial de Madrid, ratificada por la Junta Electoral Central, que no accedió a la solicitud deducida por la formación política recurrente en el acto de escrutinio general, en el que solicitó la revisión de la totalidad de los votos nulos de la circunscripción electoral de Madrid incluidos en los sobres nº 1 remitidos por cada una de las 7.104 mesas con fundamento en el ajustado resultado final en relación con el último escaño disputado tras el recuento del voto CERA. Considera la recurrente que la decisión de la Administración electoral que rechaza la revisión del voto nulo en la circunscripción de Madrid que podría determinar la validación de un número significativo de votos y una alteración en el resultado final no es conforme con el derecho fundamental reconocido en el art. 23.2 CE.

Extinción de concesión administrativa por rescate y requisitos necesarios

Contratos administrativos. Concesión. Rescate de concesiones. Requisitos. Carreteras de peaje.

Extinción de concesión por rescate, requisitos y características del interés público justificativo del rescate. Rescate de una concesión de una concesión para la construcción, conservación y explotación como carretera de peaje.

Expediente para la restauración de la legalidad urbanística de obras realizadas sin licencia

Urbanismo. Obras sin licencia. Legalidad urbanística. Restauración de la legalidad.

Incoación del expediente para la restauración de la legalidad urbanística de obras realizadas sin licencia municipal, con suspensión inmediata de su ejecución. La falta de terminación de una construcción no amparada por licencia, posibilita incoar en cualquier momento expediente de reposición de la legalidad urbanística frente al actual titular, aunque no haya sido el ejecutor material de la obra. El hecho alegado por la apelante de que es ajena a las obras es irrelevante, porque no se incoa un expediente sancionador dirigido a sancionarla por su ejecución, sino que se incoa un expediente de reposición de la legalidad, para el que ostenta legitimación pasiva aquel que sea en cada momento el titular de la construcción, y este es el caso de la recurrente.

Únicamente es posible otorgar licencias tras confirmar la existencia de espacio radioeléctrico suficiente

Denegación de solicitud de convocatoria de concurso de licencias de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora digital terrestre. Principio de igualdad. Libertad de expresión e información.

La demandante de amparo considera vulnerado el principio de igualdad bien en relación con la libertad de expresión e información, bien como motivo autónomo, con base en un mismo fundamento: la disparidad de criterios de interpretación y aplicación del art. 27.4 LGCA por las diferentes comunidades autónomas. Dicha queja no puede prosperar al no existir término válido de comparación.

El Constitucional entiende vulnerado el derecho fundamental a la integridad física y moral de una paciente derivada a otra Comunidad Autónoma para practicarle un aborto

Reclamación de responsabilidad patrimonial. Derivación, por el servicio de salud autonómico, de una paciente a una clínica privada situada en otra Comunidad para la práctica de un aborto. Trato al paciente. Información. Objeción de conciencia.

En aquellos casos en los que no se respeten las previsiones legales que tienen como objeto proporcionar garantías para que la mujer pueda tomar la decisión de interrumpir su embarazo libremente, con pleno conocimiento de causa y con todos los elementos de juicio necesarios, así como aquellas que tienen como finalidad asegurar que la prestación de la interrupción del embarazo se va a efectuar con respeto de los derechos fundamentales de la mujer, la vulneración legal conllevará también la del derecho fundamental afectado.

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