Colocó en los balcones de su vivienda unos carteles que el parque temático consideró que lesionaban su reputación
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto el conflicto existente entre el parque temático Loro Parque, ubicado en Tenerife, y un vecino que se quejaba de los frecuentes ruidos procedentes de las instalaciones en su domicilio y, como señal de protesta, colocó en los balcones de su vivienda unos carteles, algo que el parque temático consideró que lesionaba su reputación.
La sentencia comienza precisando que el ámbito de conocimiento de la Sala quedó reducido, en virtud del único recurso interpuesto, a determinar, de un lado, si la colocación y exposición pública de los referidos carteles supuso una intromisión ilegítima en el derecho al honor del parque temático, o si, por el contrario, se trató de una conducta amparada por la libertad de expresión. Por otra parte, debe determinarse si las inmisiones por ruidos y malos olores procedentes del Loro Parque continuaron produciéndose o, por el contrario, cesaron en julio de 2008, pues quedó firme la condena de la empresa por intromisión ilegítima en el domicilio particular por ruidos superiores a los permitidos entre febrero de 2006 y julio de 2008.