Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Unificación de criterios de aplicación de las reformas de la Ley Concursal operadas por el Real Decreto-Ley 11/2014 y la Ley 17/2014

En las reuniones de unificación de criterios celebradas en fecha 7 y 21 de noviembre de 2014 por la mayor parte de los Jueces Mercantiles de Madrid, once en total (con la participación posterior de los restantes), se ha tratado de adoptar unos criterios comunes sobre algunas de las cuestiones más conflictivas que pueden surgir en la aplicación de la Ley Concursal tras las reformas que han sido introducidas por las disposiciones aludidas en el título del presente documento.

Corresponde al prestamista demostrar que ha cumplido sus obligaciones precontractuales de información y de comprobación de la solvencia del prestatario

El principio de efectividad se pondría en peligro si la carga de la prueba del incumplimiento de las obligaciones del prestamista recayera sobre el prestatario

Una Directiva de la Unión1 impone al prestamista obligaciones de información y de explicación para que el prestatario pueda adoptar una decisión informada al suscribir un crédito. También obliga al prestamista a entregar al consumidor una ficha de información normalizada europea y a verificar la solvencia del consumidor.

Selección de jurisprudencia Mercantil (del 1 al 15 de diciembre de 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de diciembre de 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de diciembre de 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de diciembre de 2014)

Ejercer de abogado sin estar dado de alta en el Colegio de Abogados no es delito de intrusismo

La Audiencia Provincial de Madrid considera que en todo caso podría tratarse de una infracción disciplinaria

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid manifiesta que ejercer de abogado sin estar dado de alta en el Colegio de Abogados no supone un delito de intrusismo, tal y como solicitaba el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid en el recurso contra el archivo de la querella criminal que presentó contra un letrado por formar parte de un proceso penal cuando estaba de baja en el Colegio.

La Directiva sobre protección de los datos personales se aplica a la grabación con una cámara instalada en la vivienda familiar y dirigida hacia la vía pública

No obstante, la Directiva permite tener en cuenta el interés legítimo de dicha persona en proteger sus bienes, salud y vida, así como los de su familia

La Directiva sobre protección de los datos personales1 únicamente permite, en principio, tratar tales datos si la persona afectada ha dado su consentimiento. No obstante, la Directiva no se aplica al tratamiento efectuado por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

El Sr. Ryneš y su familia habían sufrido reiteradas agresiones durante varios años por parte de un desconocido y, además, las ventanas de la vivienda familiar habían sido destrozadas varias veces. Para hacer frente a tales agresiones, el Sr. Ryneš instaló en la vivienda familiar un sistema de videocámara que filmaba imágenes de la entrada de la propia vivienda, de la vía pública y de la entrada a la vivienda situada enfrente.

El TS limita el derecho de las aseguradoras a reclamar contra conductores en caso de accidente de tráfico

En el pleito origen de los recursos, la aseguradora demandante pretendió repetir contra su asegurado el importe de la indemnización satisfecha

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha abordado el tema referido a la legalidad de la cláusula contractual incorporada a un contrato de seguro de responsabilidad civil derivada de la conducción de vehículo a motor por la que se excluían de cobertura los daños y perjuicios causados por conductor no autorizado expresamente, que fuera además menor de veintiséis años, quedando así abierta a la aseguradora la acción de repetición una vez que ha satisfecho las indemnizaciones oportunas a los perjudicados.

La Audiencia de Valencia estima el derecho de un accionista de Bankia a reclamar por la vía civil por posible engaño

La sección séptima de la Audiencia Provincial de Valencia estima el derecho de un demandante a reclamar a Bankia por supuesto engaño en la información facilitada cuando la entidad salió a Bolsa antes de que se resuelva el procedimiento que se investiga en un juzgado central de la Audiencia Nacional.

Bankia había solicitado la paralización de estas demandas, miles en toda España, hasta que se resuelva por sentencia firme el procedimiento que ahora investiga la Audiencia Nacional, la supuesta falsedad de los documentos facilitados a los accionistas ante la salida a Bolsa.

La Audiencia Provincial de Valencia, entiende que no es necesario ese pronunciamiento para estimar engaño y que no se puede demorar la respuesta hasta la existencia de una sentencia firme. Por tanto, abre la vía a que los accionistas reclamen por vía civil la devolución de sus aportaciones.

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