La hora de llegada efectiva de un vuelo corresponde al momento en que se abre al menos una puerta del avión
Enviado por Editorial el Vie, 05/09/2014 - 10:41Tan sólo en ese momento puede determinarse la magnitud del retraso a los efectos de una posible indemnización.
El retraso de un vuelo de la compañía aérea Germanwings de Salzburgo (Austria) a Colonia/Bonn (Alemania) ha permitido al Tribunal de Justicia precisar el momento que corresponde a la hora de llegada efectiva de un avión. A pesar de que el aparato de que se trata despegó con un retraso de 3.10 h, las ruedas del aparato tocaron la pista de aterrizaje del aeropuerto de Colonia/Bonn con un retraso de 2.58 h. Cuando el avión alcanzó su posición de estacionamiento, el retraso era de 3.03 h. Las puertas se abrieron poco después.
Uno de los pasajeros alega que el destino final se alcanzó con un retraso de más de tres horas con respecto a la hora de llegada prevista, por lo que, como se desprende de una sentencia anterior del Tribunal de Justicia1, puede solicitar una indemnización de 250 euros. Para Germanwings, la hora de llegada efectiva es la hora a la que las ruedas del aparato tocaron la pista de aterrizaje del aeropuerto de Colonia/Bonn, de modo que el retraso con respecto a la hora de llegada prevista fue de tan sólo 2.58 h, de modo que no estaba obligada a pagar indemnización alguna.