El Tribunal Supremo confirma la prohibición de someter a pruebas de edad a inmigrantes menores con pasaporte
Enviado por Editorial el Jue, 16/10/2014 - 08:27La Sala de lo Civil establece que cuando el extranjero es menor de edad de acuerdo con el pasaporte, debe ponerse a disposición de los servicios de protección del menor sin que se le realicen las pruebas por estar documentado.
El Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que aplica el acuerdo del pleno de la Sala de lo Civil del pasado mes de julio que prohíbe someter a las pruebas para determinar la edad a los inmigrantes menores con pasaporte válido que se encuentran de forma irregular en España.