Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (1 a 15 de febrero 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (1 a 15 de febrero 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (1 a 15 de febrero 2014)

El propietario de una página de Internet puede remitir mediante hipervínculos, sin autorización de los titulares de derechos de autor, a obras protegidas que pueden consultarse libremente en otra página de Internet

 También sucede así cuando los internautas que pulsan sobre el enlace tienen la impresión de que la obra se les muestra en la página que contiene el enlace.

 Varios artículos de prensa redactados por periodistas suecos fueron publicados con libre acceso en la página de Internet del periódico Göteborgs-Posten. La sociedad sueca Retriever Sverige gestiona una página de Internet que facilita a sus clientes enlaces de Internet sobre los que se puede pulsar (hipervínculos) y que conducen a artículos publicados en otras páginas de Internet, entre ellas la del Göteborgs-Posten. No obstante, Retriever Sverige no solicitó a los periodistas afectados autorización para crear los hipervínculos hacia los artículos publicados en la página de Internet del Göteborgs-Posten.

La filiación de unos niños nacidos de un vientre de alquiler no tienen acceso al registro civil español

La Sala civil del Tribunal Supremo no deniega la inscripción de los niños en el Registro Civil español, pero sí la constancia de su filiación, al no estar contemplado en la legislación española.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en Pleno Jurisdiccional un recurso de casación en materia de impugnación de una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre la filiación de dos niños nacidos en California como consecuencia de un contrato de gestación por “vientre de alquiler”.

Prescripción de los delitos contra la Hacienda Pública y su interrupción

Conforme a la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de octubre de 2013, la interposición de querella/denuncia, interrumpirá el plazo prescriptivo de los delitos si en un máximo de 6 meses es admitida judicialmente. Entre las resoluciones con virtualidad para ratificar la suspensión de la prescripción por presentación de querella/denuncia, la más característica es el auto de admisión, necesariamente motivado al atribuir al querellado su presunta participación en hechos de apariencia delictiva. Por ello, no hace falta un auto adicional de imputación formal.  En definitiva, es la imputación de unos determinados hechos (en el caso actual los relatados en la querella) lo que interrumpe la prescripción, no la calificación formal de los mismos y siempre que el querellado haya tenido conocimiento de la totalidad de los hechos que se le imputan.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (enero 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (enero 2014)

Páginas