Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal General impide registrar formas de cocodrilo o de caimán para productos de cuero, prendas de vestir y calzado por la notoriedad del cocodrilo de Lacoste

En 2007, la sociedad polaca Eugenia Mocek y Jadwiga Wenta KAJMAN Firma Handlowo-Usługowo-Produkcyjna («Mocek y Wenta») solicitó a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) el registro como marca comunitaria para diferentes productos y servicios (en particular, bolsos, prendas de vestir y colchonetas para animales, calzado y arrendamientos de inmuebles) del siguiente signo figurativo:

Un Estado miembro puede privar indefinidamente a sus nacionales del derecho de sufragio activo en las elecciones al Parlamento Europeo

Hasta el 1 de marzo de 1994, el Derecho francés establecía la privación automática y perpetua de los derechos cívicos (derechos de sufragio activo y pasivo) para aquellas personas condenadas a una pena con la que se castigaba la comisión de un delito grave. Tras la reforma del Código Penal esta privación perdió su carácter automático y en lo sucesivo deberá ser dictada por un juez por una duración máxima de diez años. Sin embargo, esta nueva regla no se aplica a las condenas firmes impuestas antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal.

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 a 15 de octubre de 2015)

El Supremo considera delito el cultivo y distribución organizada de cannabis por un club de 290 socios

Establece que esa actividad no encaja en el supuesto de cultivo y consumo compartido de droga no punible penalmente

El Pleno de la Sala II del Tribunal Supremo ha establecido en la sentencia de 7 de septiembre de 2015, que el cultivo y distribución organizada, institucionalizada y con vocación de persistencia en el tiempo de cannabis entre un colectivo integrado por 290 personas componentes de una Asociación y abierto a nuevas incorporaciones colma las exigencias típicas del delito previsto en el artículo 368 del Código Penal, que condena el cultivo de drogas y el favorecimiento de su consumo.

¿Es suficiente la protección de datos en los Estados Unidos conforme al estándar europeo?

El Tribunal de Justicia declara inválida la Decisión de la Comisión que declaró que Estados Unidos garantiza un nivel de protección adecuado de los datos personales transferidos. Aunque el Tribunal de Justicia tiene competencia exclusiva para declarar la invalidez de un acto de la Unión, las autoridades nacionales de control a las que se haya presentado una solicitud pueden, aun cuando una Decisión de la Comisión declare que un país tercero ofrece un nivel de protección adecuado de los datos personales, examinar si la transferencia de los datos de una persona a ese país respeta las exigencias de la legislación de la Unión sobre la protección de esos datos así como acudir ante los tribunales nacionales, al igual que la persona interesada, con el fin de que éstos planteen una cuestión prejudicial sobre la validez de esa Decisión

La Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, dispone que en principio sólo se pueden transferir dichos datos a un país tercero si éste garantiza un nivel de protección adecuado de dichos datos. También conforme a la Directiva, la Comisión puede declarar que un país tercero garantiza un nivel de protección adecuado en razón de su legislación interna o de sus compromisos internacionales. Por último, la Directiva determina que cada Estado miembro debe designar una o varias autoridades públicas encargadas de controlar la aplicación en su territorio de las disposiciones nacionales adoptadas sobre la base de la Directiva («autoridades nacionales de control»).

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 30 de septiembre de 2015)

La normativa de un Estado miembro relativa a la protección de datos puede aplicarse a una sociedad extranjera que ejerza en dicho Estado una actividad real y efectiva mediante una instalación estable

La Directiva sobre protección de datos personales1 establece que los Estados miembros deben designar una o más autoridades públicas encargadas de vigilar la aplicación en su territorio de las disposiciones nacionales que adopten sobre la base de la Directiva. Toda autoridad es competente para ejercer en su territorio facultades de investigación y de intervención, sean cuales sean las disposiciones del Derecho nacional aplicables a ese tratamiento. Además, la citada autoridad podrá ser instada a ejercer sus facultades por una autoridad de otro Estado miembro.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 30 de septiembre de 2015) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 30 de septiembre de 2015) 

El Supremo rechaza el aforamiento de los fiscales anticorrupción

Recuerda que la Ley Orgánica adjudica la competencia a la Sala segunda del Supremo para instruir causas seguidas contra el fiscal general y los fiscales de Sala del Tribunal Supremo

La Sala Segunda, por Auto de 30 de julio de 2015, ha inadmitido por falta de competencia una querella que presentó el comisario del Cuerpo Nacional de Policía Jose Manuel Villarejo Pérez contra los fiscales anticorrupción José Grinda y Juan José Rosa. El alto tribunal ha remitido esa querella a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid para su conocimiento y en su caso, admisión.

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