Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El TC estima parcialmente el recurso del grupo parlamentario socialista contra la reforma de la ley de costas

El Pleno del tribunal constitucional en Sentencia de 233/2015, de 5 de noviembre, ha estimado de forma parcial el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra varios preceptos de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, declara inconstitucionales y nulos tres de los preceptos y disposiciones recurridos, realiza una interpretación conforme de la disposición adicional 7ª y desestima las restantes impugnaciones.

El recurso denuncia, en términos generales, la vulneración de tres artículos de la Constitución: el 132.2, que determina la incorporación al dominio público del Estado de bienes naturales como, entre otros, la zona marítimo-terrestre y las playas; el artículo 45, que establece la obligación de los poderes públicos de velar “por la utilización racional de los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente (…)”; y el artículo 9.3, que instaura los principios de irretroactividad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad.

Cuatro años de prisión a un hombre por cortarse la mano y fingir un accidente para cobrar el seguro

Cuatro años de prisión a un hombre por cortarse la mano y fingir un accidente para cobrar el seguro

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a cuatro años de prisión por un delito continuado de estafa a un hombre que se amputó la mano y fingió haber sufrido un accidente de tráfico.

Antes del siniestro el condenado, un agricultor con problemas económicos para hacer frente al pago de la hipoteca, contrató o amplió la cobertura con hasta ocho compañías de seguros contra las que luego pleiteó para percibir las indemnizaciones correspondientes.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de diciembre de 2015)

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de diciembre de 2015)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de diciembre de 2015)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de diciembre de 2015) 

El Tribunal Supremo establece que la ausencia de confirmación escrita no invalida la contratación telefónica de un producto financiero

La Sala Primera del Tribunal Supremo, en sentencia de 3 de diciembre de 2015 y cuyo ponente ha sido el magistrado Ignacio Sancho Gargallo ha interpretado, en relación con la contratación telefónica de un producto swap celebrado entre una entidad mercantil y el BBVA, los requisitos exigidos en la contratación de productos financieros por vía telefónica contenidos en el Real Decreto 217/2008, en concreto la necesidad de confirmación escrita y las consecuencias de la falta de esta confirmación.

El Tribunal Supremo confirma las indemnizaciones a las esposas de tres trabajadores de Uralita afectadas por el amianto

La Sala Primera del Tribunal Supremo –STS nº 639/2015, de 3 de diciembre de 2015, ponente el magistrado José Antonio Seijas Quintana-, en relación a la demanda interpuesta un grupo numeroso de perjudicados frente a las mercantiles “Uralita, SA” y “Uralita Sistemas de Tuberías, SA”, en ejercicio de la acción de responsabilidad civil extracontractual derivada de los daños ocasionados a trabajadores y a familiares de estos producidos por el amianto, material empleado por las empresas demandadas ha estimado en parte el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por las entidades demandadas y ha declarado la falta de competencia de la jurisdicción civil para conocer de esta demanda formulada por trabajadores y sucesores de los trabajadores ya fallecidos, al entender que su conocimiento corresponde a los tribunales del orden jurisdiccional social. Únicamente estima competente a la jurisdicción civil para conocer de las reclamaciones que formularon tres perjudicadas, ya que en estos casos sufrieron los daños derivados del amianto como consecuencia de su exposición al manipular la ropa de trabajo de sus maridos, trabajadores de las fábricas de uralita de Getafe y Valdemoro y, en consecuencia, estas perjudicadas se sitúan al margen de relación laboral alguna.

El TS reconoce el derecho de una mujer a cobrar pensión compensatoria de su exmarido pese a convivir con otra pareja

Los cónyuges habían pactado la pensión en el convenio regulador en el momento de la separación, cuando el marido ya sabía que ella vivía con otra persona.

La Sala 1.ª del Tribunal Supremo, en sentencia de 11 de diciembre de 2015, ha estimado en parte el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, recaída en procedimiento de divorcio, en el que se plantearon dos cuestiones jurídicas relativas a la extinción de la pensión compensatoria, pactada por los cónyuges en el convenio regulador de la previa separación matrimonial, y la determinación del momento para solicitar la compensación económica prevista en el art. 1438 del Código Civil.

En el supuesto de hecho a que se refiere el presente recurso, los cónyuges firmaron convenio regulador de su separación en el que pactaron a favor de la esposa una pensión compensatoria por período de 10 años, finalizando en el año 2018. Antes y después del referido convenio la esposa convivía con otra persona, more uxorio, de la que estaba embarazada, circunstancia perfectamente conocida por el esposo.

Condena de 36 años de prisión a una madre por abusar sexualmente de sus dos hijas y grabar vídeos de contenido pornográfico

La mujer también fue condenada a 10 años de libertad vigilada, prohibición de acercarse a las niñas a menos de 200 metros y a comunicar con ellas por cualquier medio por el tiempo de diez años superiores a la penas de prisión, así como al pago de una indemnización de 50.000 euros por daños morales

El Tribunal Supremo ha confirmado en su sentencia de 4 de diciembre de 2015, la condena de 36 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Tenerife a una madre por abusar sexualmente de sus hijas, de 5 y 8 años de edad, y por grabar vídeos de contenido sexual y pornográfico de las menores que, después, enviaba por internet. La mujer también fue condenada a 10 años de libertad vigilada, prohibición de acercarse a las niñas a menos de 200 metros y a comunicar con ellas por cualquier medio por el tiempo de diez años superiores a la penas de prisión, así como al pago de una indemnización de 50.000 euros por daños morales.

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