Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal Supremo rechaza que unos abuelos condenados a pagar la pensión de su nieta paguen además gastos extras

La mujer, que destacó en su recurso al Supremo que su caso era el primero en España que declaraba el derecho de una menor a percibir pensión de alimentos de sus cuatro abuelos, alegaba que también debían tener cabida en dicha acción los gastos extraordinarios, en concreto las clases de música y de apoyo de su hija

El Supremo en sentencia de 2 de marzo de 2016, rechaza que los abuelos tengan obligación de pagar los gastos extraordinarios de una nieta por la insolvencia de sus padres. La Sala Civil rechaza el recurso de una madre que pretendía que los cuatro abuelos de su hija, los dos paternos y los dos maternos, que fueron condenados ya en 2014 a pasar una pensión de alimentos de esa nieta, deban pagar además sus clases de música y otros gastos extraordinarios.

El Tribunal Supremo ordena a la Comunidad de Madrid a devolver un archivo requisado en la Guerra Civil

El Supremo ha ordenado a la Comunidad de Madrid “realizar los actos necesarios para proceder” a la devolución inmediata del archivo requisado en 1939 al geógrafo Gonzalo de Reparaz en su domicilio de Madrid por la Delegación de Estado para la Recuperación de Documentos creada por el régimen franquista.

La Sala III, en una sentencia de 2 de marzo de 2016, de la que ha sido ponente la magistrada María del Pilar Teso Gamella, estima el recurso de la nieta de Reparaz y anula las resoluciones de la Viceconsejería de Cultura de la Comunidad madrileña y del Ministerio de Cultura que desestimaron su petición de devolución de los documentos y libros requisados a su abuelo, reconociendo el derecho de la recurrente a la devolución de su archivo familiar. De la “entrega inmediata” debe ocuparse la Comunidad de Madrid.

El Supremo da la razón a María del Carmen Reparaz Zamora en el sentido de que el silencio administrativo dado por la Comunidad de Madrid a su petición tenía carácter positivo y no negativo, es decir, que suponía conceder lo solicitado. La Comunidad alegó que el Real Decreto 2134/2008, de 26 de diciembre, que reguló el procedimiento a seguir para la restitución a particulares de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil, establecía que el silencio administrativo a las peticiones era negativo: si en cuatro meses no se contestaba al interesado, éste debía entender desestimada su solicitud.

El TC admite a trámite el recurso del gobierno contra la reforma de la ley que regula el ejercicio de las profesiones del deporte en Cataluña

El Pleno del Tribunal Constitucional, en providencia de 1 de marzo de 2016, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra varios preceptos de la Ley de Cataluña 7/2015, de 14 de mayo, de modificación de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte.

El TS fija los requisitos para la utilización de marcas registradas como ‘keywords’ en buscadores de internet

La sentencia del alto tribunal precisa que también tiene que resultar claro para un usuario medio de internet que los productos o servicios publicitados no proceden del titular de la marca o de una empresa económicamente vinculada.

La Sala de lo Civil ha establecido que pueden utilizarse marcas registradas como palabra clave o ‘keywords’ en un buscador de internet siempre y cuando su uso no menoscabe la función indicadora del origen de la misma, ni su función económica. La sentencia precisa que también tiene que resultar claro para un usuario medio de internet que los productos o servicios publicitados no proceden del titular de la marca o de una empresa económicamente vinculada; y de no ser así, se indique bajo qué circunstancia se venden productos de una determinada marca a través de una página web distinta a la oficial para evitar el riesgo de confusión.

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 29 de febrero de 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 29 de febrero de 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 29 de febrero de 2016) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 29 de febrero de 2016) 

El Tribunal Supremo aprecia por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas

El alto tribunal confirma las condenas impuestas a tres empresas por su participación en delitos contra la salud pública

El Pleno de la Sala II del Tribunal Supremo ha apreciado, por primera vez, la responsabilidad penal de las personas jurídicas y confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a tres empresas por su participación en delitos contra la salud pública, en concreto en el tráfico de más de 6.000 kilos de cocaína escondida en maquinaria objeto de importación y exportación entre España y Venezuela. En relación a una de las empresas, modifica la pena excluyendo la disolución de la misma debido a que cuenta con una plantilla de más de cien personas que no tienen que sufrir los graves perjuicios de dicha medida, pero confirma que la sociedad debe pagar una multa de 775 millones de euros.

El Tribunal General desestima el recurso de Coca-Cola, que había solicitado el registro como marca comunitaria de una botella curvada no estriada

La marca solicitada carece de carácter distintivo

En diciembre de 2011 The Coca-Cola Company («Coca-Cola») solicitó a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), el registro de la siguiente marca comunitaria tridimensional para, concretamente, botellas metálicas, de vidrio y de plástico:

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