Un Estado miembro puede privar indefinidamente a sus nacionales del derecho de sufragio activo en las elecciones al Parlamento Europeo
Enviado por Editorial el Jue, 15/10/2015 - 12:26Hasta el 1 de marzo de 1994, el Derecho francés establecía la privación automática y perpetua de los derechos cívicos (derechos de sufragio activo y pasivo) para aquellas personas condenadas a una pena con la que se castigaba la comisión de un delito grave. Tras la reforma del Código Penal esta privación perdió su carácter automático y en lo sucesivo deberá ser dictada por un juez por una duración máxima de diez años. Sin embargo, esta nueva regla no se aplica a las condenas firmes impuestas antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal.