El Tribunal Supremo confirma las indemnizaciones a las esposas de tres trabajadores de Uralita afectadas por el amianto
Enviado por Editorial el Mar, 29/12/2015 - 10:35La Sala Primera del Tribunal Supremo –STS nº 639/2015, de 3 de diciembre de 2015, ponente el magistrado José Antonio Seijas Quintana-, en relación a la demanda interpuesta un grupo numeroso de perjudicados frente a las mercantiles “Uralita, SA” y “Uralita Sistemas de Tuberías, SA”, en ejercicio de la acción de responsabilidad civil extracontractual derivada de los daños ocasionados a trabajadores y a familiares de estos producidos por el amianto, material empleado por las empresas demandadas ha estimado en parte el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por las entidades demandadas y ha declarado la falta de competencia de la jurisdicción civil para conocer de esta demanda formulada por trabajadores y sucesores de los trabajadores ya fallecidos, al entender que su conocimiento corresponde a los tribunales del orden jurisdiccional social. Únicamente estima competente a la jurisdicción civil para conocer de las reclamaciones que formularon tres perjudicadas, ya que en estos casos sufrieron los daños derivados del amianto como consecuencia de su exposición al manipular la ropa de trabajo de sus maridos, trabajadores de las fábricas de uralita de Getafe y Valdemoro y, en consecuencia, estas perjudicadas se sitúan al margen de relación laboral alguna.