Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 a 30 de septiembre de 2015)

El juez declara culpable el concurso de Fórum y condena a sus administradores a responder por más de 2.200 millones de euros

El Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid absuelve al resto de los demandados en un procedimiento con más de 260.000 afectados

El magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en sentencia de 15 de septiembre de 2015, ha declarado culpable el concurso de Fórum Filatélico S. A. y ha declarado afectados por la calificación de culpabilidad a Francisco Briones Nieto, Agustín Fernández Rodríguez, Miguel Ángel Hijón Santos, Francisco José López Gilarte, Juan Macía Mercadé y José Manuel Carlos Llorca Rodríguez a los que condena a pagar cada uno de ellos mancomunadamente a los acreedores concursales y de la masa el 16,6 por ciento de la totalidad de los créditos que no puedan obtener de la liquidación de la masa activa, una cantidad que asciende a más de 2.200 millones de euros. Además, ha declarado la inhabilitación de los anteriormente citados para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona por un periodo de quince años y también declara la pérdida de cualquier derecho que éstos pudieran ostentar como acreedores concursales o de la masa.

El TS dice que el derecho de defensa no ampara las expresiones injuriosas por parte de los abogados en procedimientos judiciales

La Sala Primera condena a un letrado al pago de 6.000 euros por vulneración del derecho al honor de su oponente

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por un abogado al estimar que las expresiones proferidas por su oponente en el seno de un procedimiento judicial suponen una vulneración de su derecho al honor.

En sentencia de 3 de septiembre de 2015 de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Carceller, el alto tribunal declara, en contra de lo fallado por los órganos judiciales de instancia y apelación, que las expresiones proferidas por el demandado con ocasión de su actuación como abogado en un procedimiento contencioso-administrativo, en unas diligencias previas por un presunto delito de desobediencia grave y en un acto de conciliación, implican una vulneración del derecho al honor del demandante.

El TS confirma que el plazo para que los afectados por la talidomida reclamen indemnizaciones está prescrito

La decisión ha sido adoptada por ocho votos a uno por el pleno de la Sala Civil

El pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos planteados por la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE), apoyados por el Ministerio Fiscal, y ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que concluyó que la acción de responsabilidad civil, por la que solicitaron en 2012 reclamaciones indemnizatorias, estaba prescrita. Al no discutirse que se trataba de un supuesto de responsabilidad por culpa extracontractual, el plazo de prescripción es un año.

El TS obliga a las aseguradoras a indemnizar accidentes aunque haya impago de póliza hasta que no comunique por escrito la baja del cliente

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Sebastián Sastre Papiol, afirma que para resolver la póliza del seguro obligatorio no basta con acreditar la culpa del tomador en caso de impago de la prima.

La Sala de lo Civil, en sentencia de 10 de septiembre de 2015, ha fijado como doctrina que “para que la compañía quede liberada de la obligación de indemnizar al perjudicado, en caso de impago de la primera prima o prima única, en una póliza de seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, es necesario que acredite haber enviado al tomador del seguro un correo certificado con acuse de recibo, o por cualquier otro medio admitido en derecho, por el que se notifique la resolución del contrato”.

Condenados tres colaboradores de Sálvame a indemnizar a Carmen Lomana por insultarla gravemente en el programa

Los tres condenados tendrán que pagar una indemnización de 120.000 euros por daños morales

El Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de septiembre de 2015, ha confirmado la condena a tres colaboradores del programa de televisión Sálvame, Mila Ximénez, Belén Esteban y Kiko Matamoros, por insultar gravemente a Carmen Lomana en dos programas de televisión. Los tres condenados tendrán que pagar una indemnización de 120.000 euros por daños morales (60.000 euros Mila Ximénez, 30.000 euros Belén Esteban y 30.000 euros Kiko Matamoros).

El Tribunal Supremo establece que la discrepancia de los padres no excluye la custodia compartida de los hijos

La sentencia subraya que en este caso con el sistema de custodia compartida "se fomenta la integración de los menores con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia" y "se evita el sentimiento de pérdida”.

El Supremo, en sentencia de 9 de septiembre de 2015, ha destacado que la discrepancia de los padres sobre el sistema de custodia compartida no puede llevar a su exclusión. La Sala I estima el recurso de un padre y establece la custodia compartida del hombre y su ex mujer respecto de sus tres hijos (de 6, 9 y 11 años de edad actualmente).

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (agosto y del 1 al 15 de septiembre de 2015)

Los transportistas aéreos están obligados a indemnizar a los pasajeros incluso en caso de cancelación del vuelo a causa de problemas técnicos

No obstante, algunos problemas técnicos, derivados en particular de vicios ocultos de fabricación que afecten a la seguridad de los vuelos, o de actos de sabotaje o terrorismo, pueden exonerar a los transportistas de su obligación de indemnización

En virtud del Derecho de la Unión,1 en caso de cancelación de un vuelo el transportista aéreo está obligado a prestar asistencia a los pasajeros afectados y a pagarles una compensación (de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia).Sin embargo, no está obligado a pagarla si puede demostrar que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (agosto y del 1 al 15 de septiembre de 2015)

Páginas