El TS fija doctrina sobre el régimen visitas del menor cuyo progenitor ha sido condenado por maltrato en el ámbito doméstico
Enviado por Editorial el Mié, 09/12/2015 - 10:48La Sala Primera declara que "el juez o tribunal podrá suspender el régimen de visitas del menor con el progenitor condenado por delito de maltrato con su cónyuge o pareja y/o por delito de maltrato con el menor o con otro de los hijos, valorando los factores de riesgo existentes".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, acuerda que los contactos de un padre con su hija, cuando aquel ha sido condenado por malos tratos a otra se sus hijas, deben ser sumamente restrictivos y debe predominar la cautela del tribunal a la hora de fijarlos, pues el factor de riesgo es más que evidente, en relación con un menor con escasas posibilidades de defensa.