Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

El TS absuelve a una jugadora en grupo de lotería que no compartió el premio especial a la fracción

Delito de apropiación indebida. Sorteo lotería. Cuotas de participación. Absolución.

Se absuelve a una mujer que había sido condenada a un año y medio de prisión por no repartir el premio extraordinario a la fracción de un número de lotería también premiado y que compartía con otras 5 personas.  Cada uno de quiénes jugaban a los dos números lo hacían por su correspondiente título, un décimo, pero no había asignación de cuotas respecto del premio especial.

La recurrente cumplió con la obligación asumida, repartir los décimos de los números de la lotería adquiridos, trasmitiendo a cada uno de los jugadores la parte que había comprado, y lo hace incluso cuando sabe que está premiado. Consecuentemente, la acusada repartió los billetes premiados en la cuantía que cada uno jugaba, el contrato vigente entre quienes jugaban se cumplió. Respecto al premio especial, no existía un pacto que determinara una asignación de cuotas sobre las que cada uno de los jugadores podía tener una expectativa de cobro.

Concepto de “orden de detención europea” y exigencias mínimas de las que depende su validez

Cooperación judicial en materia penal. Medidas de seguridad. Orden de detención europe. Requisitos.

El concepto de «orden de detención europea» del artículo 1.1 de la de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros,  debe interpretarse en el sentido de que, aunque las fiscalías de un Estado miembro se hallen expuestas al riesgo de estar sujetas, directa o indirectamente, a órdenes o instrucciones individuales del poder ejecutivo, por ejemplo, del ministro de Justicia, en el contexto de la emisión de las órdenes de detención europeas, las órdenes de detención europeas que esas fiscalías emitan están comprendidas en dicho concepto, en la medida en que tales órdenes de detención, para poder ser transmitidas por dichas fiscalías, deben necesariamente ser homologadas por un tribunal que, teniendo acceso a la totalidad de los autos de la instrucción, a los que se incorporan las eventuales órdenes o instrucciones individuales del poder ejecutivo, controla de manera independiente y con objetividad el cumplimiento de los requisitos de emisión de dichas órdenes de detención y la proporcionalidad de las mismas, adoptando así una resolución autónoma que da su forma definitiva a tales órdenes.

Atenuante especifica del delito de malversación de reparación o de colaboración activa con las autoridades

Delitos contra la administración pública. Malversación propia. Atenuante de la malversación.

El artículo 434 CP dispone lo siguiente: "Si el culpable de cualquiera de los hechos tipificados como malversación hubiera reparado de modo efectivo e íntegro el perjuicio causado al patrimonio público, o hubiera colaborado activamente con las autoridades o sus agentes para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos, los jueces y tribunales impondrán al responsable de este delito la pena inferior en uno o dos grados".

Excusa absolutoria del art 268.1 CP para los delitos patrimoniales entre parientes

Delitos patrimoniales. Delito continuado de apropiación indebida. Excusa absolutoria.

La alegación de aplicación de la excusa absolutoria del art. 268 CP, es planteada por el recurrente por primera vez en el recurso de casación. Por tanto, se trata de una cuestión nueva, que ha sido sustraída al examen de las partes acusadoras. Las cuestiones que se planteen en casación antes de haber sido planteadas en la instancia o, en su caso, en apelación, con la finalidad de dar al recurso de casación ante el Tribunal Supremo su carácter de revisión. Sólo se han admitido dos excepciones. En primer lugar cuando se trata de derechos fundamentales cuya vulneración pueda haber causado indefensión, y, en segundo lugar, cuando se trate de infracciones de preceptos penales sustantivos cuya subsanación beneficie al reo (por ejemplo la apreciación de una substancia atenuante) y que puedan ser apreciadas sin dificultad en el trámite casacional, lo que así ocurre en este caso.

Tráfico de heroína y cantidades impunes por ser destinadas al consumo propio

Delito contra la salud pública. Tráfico de heroína. Consumo impune. Posesión de sustancias estupefacientes por consumidor y cantidades que pueden estimarse destinadas, exclusivamente, al autoconsumo de heroína.

La cantidad de droga que puede estimarse destinada, exclusivamente, al consumo propio y de la que pueda considerarse destinada a distribución a terceros, fijan unas pautas o baremos basados en el cálculo de consumo medio diario de cada clase de droga y en la determinación del mínimo de días de posesión del estupefaciente cubiertos habitualmente por el consumidor y en los datos facilitados por organismos declarados al estudio del fenómeno de la droga, fijándose ese acopio en 5 días y el consumo medio en relación a la heroína en 0,6 gramos diarios, siendo el módulo determinante de autoconsumo 3 gramos como máximo,  sin impedir por tanto que el órgano judicial llegue a la conclusión de que el tenedor de la droga destinaba al propio consumo una cantidad superior a la fijada en tales módulos, teniendo en cuenta distintos datos obrantes en el procedimiento.

Delito de fraude a la seguridad social

Delito de fraude a la seguridad social. Delito continuado. Pluralidad de delitos.

Delito de fraude a la seguridad social y su inviabilidad de su estimación como delito continuado respecto de ejercicios no consecutivos. En el caso de un entramado de empresas (en este caso un empresario físico y cuatro entidades jurídicas), que contaban siempre con un mismo inmovilizado y clientela, básicamente con la misma plantilla y un único centro de trabajo.

Autoría mediata en el delito de aborto forzado

Delito de aborto forzado: Autoría mediata.

Figuras contenidas en el artículo 28 CP, autoría y coautoría, cooperación necesaria, inducción y autoría mediata, todas ellas acreedoras de la misma pena. El Código está reconociendo que no solo es autor quien ejecuta el verbo típico, sino que también pueden serlo otros que intervienen en el hecho delictivo sin ejecutarlo.

Abono en una ejecutoria penal, de la prisión preventiva o medidas cautelares

Recurso de casación para la unificación de doctrina. Juzgado Vigilancia Penitenciaria. Liquidación de condena. Abono de prisión preventiva.

El recurrente demanda el abono de una serie de medidas cautelares (prisión provisional, 293 comparecencias apud acta, 60 meses de privación de pasaporte) en una causa distinta donde no existe sentencia firme aún.

Violación múltiple y pena agravada por cometer el hecho por la actuación conjunta de dos o más personas

Derecho a la intimidad y a la autodeterminación informática. Agresión sexual con intimidación. Intimidación ambiental. Violación múltiple. Delito continuado.

En primer lugar, respecto a las prueba obtenidas con los Smartphone de los acusados, se señala que la protección del derecho al secreto de las comunicaciones alcanza al proceso de comunicación mismo, pero finalizado el proceso en que la comunicación consiste, la protección constitucional de lo recibido se realiza en su caso a través de las normas que tutelan la intimidad u otros derechos.

Tráfico de drogas y cantidad de marihuana que puede poseer un consumidor para su autoconsumo

Tráfico de estupefacientes. Marihuana. Cantidad destinada al autoconsumo. Prueba indiciaria.

La posesión de 167 g. de marihuana excede en más de un 50 % la cantidad de acopio que puede poseer un consumidor para el autoconsumo, por lo que se condena por tráfico de drogas. En efecto, en el acuerdo del Pleno de 19 de octubre de 2001, asumido en posteriores sentencias de esta Sala, se estima en 100 gramos la cantidad de acopio que puede poseer un consumidor para su autoconsumo, sobre la base de estudios empíricos que determinan el consumo medio durante una semana.

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