Las decisiones sobre acumulación de condenas causan firmeza
Enviado por Editorial el Jue, 07/01/2021 - 11:26Recurso sobre providencias. Recurso de autos. Acumulación de condenas. Intangibilidad de resoluciones. Cosa juzgada. Tutela judicial efectiva.
La primera cuestión que surge es la posibilidad de acceso a casación de una providencia. En principio el planteamiento sugiere una respuesta frontalmente negativa. Ahora bien, en la medida en que la providencia resolvía -de forma motivada- sobre una petición de acumulación de condenas, ha de admitirse el recurso ex art. 988 LECrim: ya que las decisiones son recurribles por su contenido, y no por su forma. En tanto era una petición que, en principio, debía decidirse mediante auto, ha de admitirse la casación contra tal providencia. La jurisprudencia constitucional y la ordinaria nos enseñan que lo relevante no es tanto el formato como la materia. Y esa decisión debería en rigor haber adoptado la forma de auto por lo que por su contenido tiene acceso a la casación.