Jurisprudencia de Derecho Mercantil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Mercantil

Créditos subordinados de las personas especialmente relacionadas con el deudor persona jurídica en un concurso de acreedores

Concurso de acreedores. Clasificación de créditos. Créditos subordinados de las personas especialmente relacionadas con el deudor persona jurídica.

En atención a que el concurso de acreedores se declaró en diciembre de 2008, para la clasificación de los créditos regía la normativa entonces en vigor. En concreto, el art. 93.2 LC por lo que respecta a quiénes tienen la consideración de personas especialmente relacionadas con el deudor persona jurídica. En este sentido, para que, conforme al ordinal 3º, la acreedora pudiera ser considerada persona especialmente relacionada con la deudora concursada, sería necesario que en el momento del nacimiento de su crédito formara parte del mismo grupo o fuera socio de una sociedad de ese grupo.

El TS declara que la sociedad no puede desvincularse respecto del acuerdo unánime que adoptaron los socios para indemnizar al administrador en caso de cese

Indemnización

Administradores sociales. Retribución del cargo. Indemnización por cese de administrador por acuerdo unánime de los socios. Abuso de la formalidad.

En el caso, en los estatutos sociales se establecía el carácter retribuido del cargo de administrador social. Aunque el sistema de retribución fijado en los estatutos carecía de la exigible concreción cuando se trataba de la retribución que correspondía a las funciones gerenciales del administrador, puesto que se limitaba a prever que «requerirá el previo acuerdo de la junta general y será fijada en función del trabajo que desarrolle», lo cierto es que la retribución del demandante, administrador que llevaba también la «gestión y dirección cotidiana» de la sociedad, en tanto que gerente de la misma, fue fijada por acuerdo unánime de todos los socios, que son los mismos (ellos o sus herederos) que en la actualidad, pues no han entrado en el capital social terceros ajenos al núcleo familiar.

Exclusión de la cobertura de un seguro de responsabilidad civil por las deudas tributarias de una sociedad

firma de contrato de compra

El obligado tributario. Responsables de la deuda tributaria. Responsabilidad derivada de otras ramas del Derecho. Contrato de seguro. Seguros de responsabilidad civil. Cláusulas delimitadoras del riesgo versus cláusulas limitativas de derechos. Exclusión de la cobertura por las deudas tributarias de la sociedad exigidas en responsabilidad subsidiaria a los administradores. De acuerdo con la jurisprudencia de este Tribunal (Vid., STS, de 14 de septiembre de 2016, recurso nº  2881/2014), la distinción entre cláusulas de delimitación del riesgo y cláusulas limitativas de derechos parece, a primera vista, sencilla, de manera que las primeras concretan el objeto del contrato y fijan los riesgos que, en caso de producirse, hacen surgir en el asegurado el derecho a la prestación por constituir el objeto del seguro, mientras que las cláusulas limitativas restringen, condicionan o modifican el derecho del asegurado a la indemnización o a la prestación garantizada en el contrato, una vez que el riesgo objeto del seguro se ha producido. Por otro lado, y también de acuerdo a la jurisprudencia, estas cláusulas limitativas deben cumplir los requisitos formales previstos en el art. 3 LCS, estar destacadas de un modo especial y ser expresamente aceptadas por escrito para comprobar que el asegurado tuvo un exacto conocimiento del riesgo cubierto (Vid., STS, de 15 de julio de 2009, recurso nº  2653/2004).

Nulas por abusivas varias cláusulas de las condiciones generales de transporte de compañía aérea

Comprar vuelos por internet

Contrato de transporte. Transporte aéreo. Condiciones generales de la contratación. Contrato de adhesión. Cláusulas abusivas. Acción de cesación para la defensa de los intereses colectivos de los consumidores y usuarios en materia de condiciones generales de la contratación que tiene por objeto declarar abusivas determinadas condiciones generales de contratación en materia de transporte.

Deber de información de las entidades sobre los riesgos para el cobro de planes de pensiones

Plan de pensiones

Planes de pensiones. Deberes de información de las entidades comercializadoras o gestoras. Riesgos para el cobro de la prestación por el beneficiario una vez producida la contingencia de la jubilación

La cuestión jurídica que se plantea versa sobre los deberes de transparencia e información a los partícipes de un plan de pensiones individual promovido por una entidad financiera acerca de las características y riesgos de las diferentes modalidades de percepción de las prestaciones una vez producida la contingencia de la jubilación.

El razonamiento de la sentencia recurrida, que desestima la demanda, parte de la extinción de la relación jurídica entre las demandadas (promotora-comercializadora y gestora-administradora del fondo) y el partícipe en el plan y causante de las demandantes, una vez que este último optó por la "renta garantizada por una entidad aseguradora", única entidad con la que a partir de ese momento habría pasado a tener una relación jurídica, la de seguro.

Resolución de contratos de tracto sucesivo en interés del concurso de acreedores

Pagando alquiler

Concursal. Contrato de arrendamiento de vivienda de renta antigua. Resolución de contratos de tracto sucesivo en interés del concurso de acreedores. No procede.

El presupuesto para el ejercicio de la facultad resolutoria regulada en el art. 61.2, párrafo 2º, LC es el interés del concurso, en tanto en cuanto el mantenimiento del contrato cuya extinción se pretende no sea suficientemente provechoso para la masa. Frente a la regla general de conservación de todas las relaciones que conforman la masa activa, se permite la exclusión de las que resulten económicamente indeseables para la misma, porque no generan activos suficientes, son excesivamente gravosas por su contenido y garantías, o sus condiciones son comparativamente peores que las de otros contratos que pudieran celebrarse en el mercado para satisfacer la misma necesidad.

Clasificación de créditos públicos derivados de la anulación de subvenciones en un concurso de acreedores

Calculando

Concurso de acreedores. Clasificación de créditos públicos derivados de la anulación de subvenciones y la obligación de restituirlas. Distinción según hubieran sido concedidas antes o después de la declaración del concurso.

La subvención surte sus efectos mientras no acontezca la causa de reintegración, pero cuando esta acaece decaen los derechos adquiridos y procede la restitución de las prestaciones ejecutadas. En el caso, la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, concedió unas ayudas sociolaborales excepcionales a la compañía mercantil, ahora concursada. La sentencia del juzgado de lo mercantil, confirmada por la Audiencia, acordó la inclusión del importe total como crédito contra la masa.

Productos financieros complejos: no tiene la consideración de inversor profesional un registrador de la propiedad

Obligaciones subordinadas. Error vicio en el consentimiento prestado. Perfil del cliente: Registrador de la Propiedad. El presente caso plantea, como cuestión de fondo, la nulidad de la adquisición de obligaciones subordinadas por error vicio en el consentimiento prestado. En el ámbito del mercado de valores y los productos y servicios de inversión, el incumplimiento por la empresa de inversión del deber de información al cliente no profesional, si bien no impide que en algún caso conozca la naturaleza y los riesgos del producto, y por lo tanto no haya padecido error al contratar, lleva a presumir en el cliente la falta del conocimiento suficiente sobre el producto contratado y sus riesgos asociados que vicia el consentimiento, es decir, la ausencia de la información adecuada no determina por sí la existencia del error vicio, pero sí permite presumirlo.

Por otro lado

Obligaciones subordinadas y canje de acciones con error en el consentimiento 

Asesor financiero

Obligaciones subordinadas. Canje de acciones. Legitimación activa. Error en el consentimiento. La aceptación de la oferta de adquisición de acciones a cambio de las obligaciones subordinadas no es un acto voluntario, puesto que, no existía otra alternativa y no impide la acción de anulabilidad por error de consentimiento. Tampoco es admisible la objeción sobre la falta de legitimación de los recurrentes para instar la nulidad pretendida en la demanda, debido a la venta voluntaria de las acciones objeto de canje.

Servicios de pago en el mercado interior. Concepto de «cuenta de pago»

Servicios de pago en el mercado interior. Concepto de «cuenta de pago». Cuenta de ahorro online desde la que el cliente efectúa, mediante un sistema de banca a distancia, sin aviso previo y sin intervención especial del banco, cargos y abonos en una cuenta de referencia a su nombre.

El tenor de la Directiva sobre servicios de pago, al definir los conceptos de «cuenta de pago», «operación de pago» y «servicio de pago», no permite, por sí solo, determinar si el concepto de «cuenta de pago» incluye o no una cuenta como la controvertida en el litigio principal, que se caracteriza porque, para realizar una operación de pago, es necesario realizar un paso intermedio consistente en una transferencia de fondos entre la cuenta de ahorro en cuestión y la cuenta corriente del usuario. Por ello, procede analizar el contexto legislativo en el que se inscribe esta Directiva, para lo cual es necesario tener en cuenta la Directiva sobre cuentas de pago, que, si bien no es directamente aplicable al litigio principal, debe aplicarse a todos los proveedores de servicios de pago. Asimismo, las definiciones que figuran en ella deben armonizarse, en la medida de lo posible, con las previstas en otros actos legislativos de la Unión y, en particular, con las de la directiva sobre los servicios de pago.

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